El gobierno del presidente Gustavo Petro ha estado atravesado por una seguidilla de acciones judiciales que han cuestionado el alcance de sus intervenciones públicas. En varios de esos casos, los jueces han ordenado al mandatario rectificar afirmaciones y ofrecer disculpas públicas. Sin embargo, pese a los reiterados fallos en su contra, el jefe de Estado ha continuado emitiendo declaraciones polémicas sin medir sus efectos. Esta vez, la controversia escaló luego de que se refiriera a una supuesta vida sexual de Jesús de Nazaret.
La controversia se originó cuando Petro, en medio de su intervención, hizo una reflexión personal sobre Jesucristo y sugirió que pudo haber tenido una relación sentimental, mencionando incluso a María Magdalena. “Yo creo que Jesús hizo el amor, sí. A lo mejor con María Magdalena, porque un hombre así, sin amor, no podía existir y la mujer lo apoyó hasta el último momento”, dijo el presidente.
La afirmación generó una rápida reacción en distintos sectores, especialmente en comunidades religiosas, que consideraron inapropiado que el presidente abordara de esa manera una figura central del cristianismo.
El malestar llevó al exmagistrado y exministro de Justicia Wilson Ruiz a radicar una tutela en la que sostiene que las afirmaciones del jefe de Estado podrían vulnerar derechos fundamentales.
La tutela busca que la justicia determine si las palabras del presidente afectaron la libertad de culto, la libertad de conciencia y el principio constitucional que establece a Colombia como un Estado laico. Según el exministro, al referirse a un asunto propio del dogma religioso, el mandatario habría traspasado los límites que separan las creencias personales del ejercicio del poder público.
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En el recurso además se solicita que el presidente se abstenga de emitir declaraciones que involucren interpretaciones teológicas o doctrinales.
La defensa del presidente tiene un plazo de 24 horas para controvertir los argumentos de la tutela.
¿Hasta dónde llega la libertad de expresión del mandatario?
El caso vuelve a poner sobre la mesa un debate recurrente en el actual gobierno. Los límites de la libertad de expresión del presidente de la República. Si bien Gustavo Petro, como cualquier persona, tiene derecho a expresar opiniones y convicciones personales, su investidura le impone restricciones adicionales derivadas del cargo que ejerce, como lo afirma el exministro en su tutela.
La jurisprudencia constitucional ha sido clara en señalar que los altos funcionarios del Estado, y en especial el jefe de Estado, cuentan con una libertad de expresión reforzada en asuntos de interés público, pero también con una responsabilidad mayor frente al impacto de sus palabras. Sus declaraciones tienen un peso institucional, político y simbólico que puede afectar derechos fundamentales de terceros o alterar principios constitucionales como la neutralidad religiosa del Estado, de acuerdo con el recurso.
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En ese contexto, los críticos de las afirmaciones de Petro sostienen que al referirse a aspectos íntimos de una figura central del cristianismo, el mandatario no solo expresó una opinión personal, sino que ingresó en el terreno del dogma religioso, lo que podría vulnerar la libertad de culto y la libertad de conciencia de millones de creyentes. Para ellos, el problema no es la opinión en sí, sino el hecho de que sea emitida desde la Presidencia y en un escenario oficial.
Las reiteradas tutelas falladas contra el presidente por declaraciones previas han ido delimitando una línea cada vez más clara y es que la libertad de expresión presidencial no es absoluta y encuentra su límite cuando entra en colisión con derechos fundamentales o con el deber de neutralidad institucional. El fallo que se adopte en este nuevo caso podría reforzar esa línea jurisprudencial y volver a recordarle al jefe de Estado que, en Colombia, hablar desde el atril presidencial no es lo mismo que hacerlo a título personal.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Qué motivó la tutela contra el presidente Petro?
- Las declaraciones del mandatario sobre una posible relación sentimental de Jesús de Nazaret, consideradas por el demandante como una vulneración a la libertad de culto y al principio de Estado laico.
- ¿Quién presentó la tutela y qué busca?
- La presentó el exministro de Justicia Wilson Ruiz. Busca que se determine si Petro excedió los límites de su cargo y que se abstenga de emitir interpretaciones religiosas desde la Presidencia.