Si bien es cierto que con el nuevo Código de Policía se multan algunas actividades que antes eran casi cotidianas, como fumar, consumir alcohol y orinar en sitios públicos, son más los falsos rumores que ruedan por las aplicaciones de mensajería y las redes sociales.
Desde hace una semana circula un mensaje de Whatsapp que asegura que a partir del 30 de enero “mujeres y hombres deben cargar la cédula de ciudadanía so pena de una multa de 98 mil pesos. Lo establece el nuevo Código de Policía. Avisa a tus contactos”.
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El rumor, que incluso fue replicado por algunos medios de comunicación, resultó ser completamente falso.
El código no establece ninguna sanción para los ciudadanos que no porten la cédula, pero en cambio sí plantea un comparendo para los hombres y mujeres que impidan su identificación ante las autoridades de Policía. Esto es lo que dice el artículo 35 de la Ley 1801 de 2016:
“Los siguientes comportamientos afectan la relación entre las personas y las autoridades y por lo tanto no deben realizarse. Su realización dará lugar a medidas correctivas: (...) 3. Impedir, dificultar, obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de Policía”.
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Por ejemplo, si una persona se niega a decirle su nombre a un agente de Policía, número de cédula o a poner el dedo índice sobre un lector de huellas digitales, podrá ser sancionado con una multa tipo 4, que asciende a 32 salarios mínimos diarios legales o 786.880 pesos.
¿Tiene más dudas sobre el Código de Policía? No se deje engañar por los falsos rumores y mándenos sus preguntas en la sección de comentarios de esta página o a través de nuestras redes sociales.