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Más de 1,2 millones de empresas declararán renta en Colombia: aquí la guía completa

Más de 1,27 millones de empresas deberán declarar renta en Colombia. Bogotá concentra 36,9% de contribuyentes obligados al pago del impuesto este año.

  • La Dian espera recaudar $27,8 billones con el impuesto de renta para personas jurídicas este año. FOTO COLPRENSA
    La Dian espera recaudar $27,8 billones con el impuesto de renta para personas jurídicas este año. FOTO COLPRENSA
hace 1 hora
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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) espera recaudar $27,8 billones durante la temporada de declaración de renta para personas jurídicas en 2026.

La meta tributaria estará soportada en 1.273.214 contribuyentes distribuidos en todo el país, que deberán cumplir con la presentación y pago de esta obligación fiscal durante mayo y julio.

Bogotá concentra el mayor número de empresas obligadas a declarar renta, con 470.504 contribuyentes, equivalentes a 36,9% del total nacional.

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Le siguen Medellín, con 176.390 empresas, lo que representa 13,8%; Cali, con 84.396 contribuyentes (6,6%); Barranquilla, con 78.326 (6,1%); y Cartagena, con 49.236, equivalentes a 3,8%.

¿Cómo se debe pagar el impuesto de renta?

La Dian explicó que las empresas cuya declaración de renta sea inferior a 41 UVT, que equivalen a $2.147.334 para este año, deberán realizar el pago en una sola cuota.

En los casos en que el valor supere ese monto, los contribuyentes podrán dividir el pago en dos cuotas.

Los plazos para presentar la declaración y cancelar la primera cuota irán del 12 al 26 de mayo de 2026, dependiendo del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).

Según el calendario tributario, el 12 de mayo deberán declarar las empresas cuyo NIT termine en 1; el 13 de mayo las terminadas en 2; el 14 de mayo las finalizadas en 3; y el 15 de mayo las terminadas en 4.

Posteriormente, el 19 de mayo será el turno de los NIT terminados en 5; el 20 de mayo los finalizados en 6; el 21 de mayo en 7; el 22 de mayo en 8; el 25 de mayo en 9; y el 26 de mayo en 0.

¿Cuándo vence la segunda cuota?

La segunda cuota del impuesto de renta para personas jurídicas deberá pagarse entre el 9 y el 23 de julio de 2026.

El cronograma establece que el 9 de julio vencerá el plazo para los NIT terminados en 1; el 10 de julio para los terminados en 2; el 13 de julio para los finalizados en 3; y el 14 de julio para los terminados en 4.

Luego, el 15 de julio corresponderá a los NIT terminados en 5; el 16 de julio a los terminados en 6; el 17 de julio a los finalizados en 7; el 21 de julio a los terminados en 8; el 22 de julio a los terminados en 9; y el 23 de julio a los terminados en 0.

¿Dónde pueden resolver dudas los contribuyentes?

La Dian informó que los contribuyentes con inquietudes sobre la declaración de renta podrán comunicarse a la línea telefónica 601 489 9000.

La atención estará disponible de lunes a viernes entre las 8:00 a. m. y las 7:00 p. m., así como los sábados de 8:00 a. m. a 12:00 del mediodía.

Además, los usuarios podrán acercarse a cualquiera de los puntos de atención habilitados por la entidad en el país.

Entérese: Consejo de Estado suspendió decreto del Gobierno que aumentaba retención en la fuente a empresas

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