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“Petro puede defender políticamente tesis del alza del mínimo, pero no tiene facultad ordinaria para fijarlo”: Acopi

La presidenta de Acopi advirtió que el presidente no tiene la facultad ordinaria para modificar el salario mínimo, en medio de la polémica por su propuesta de ajustarlo frente a las tasas de interés.

  • María Elena Ospina, presidenta de Acopi, cuestionó el alcance de las facultades del Gobierno sobre el salario mínimo. FOTOS: CORTESÍA NOS COGIÓ LA NOCHE Y COLPRENSA
    María Elena Ospina, presidenta de Acopi, cuestionó el alcance de las facultades del Gobierno sobre el salario mínimo. FOTOS: CORTESÍA NOS COGIÓ LA NOCHE Y COLPRENSA
hace 3 horas
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Tras las explosivas declaraciones del presidente Gustavo Petro, quien esta semana durante un consejo de ministros planteó la posibilidad de subir el salario mínimo si el Banco de la República insiste en mantener altas las tasas de interés, distintos sectores han reaccionado con preocupación. Sus palabras, que vuelven a arremeter contra el emisor, generaron amplio revuelo por el tono y el alcance de la propuesta.

En esta ocasión, María Elena Ospina, presidenta de la Asociación Colombiana de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Acopi), advirtió en entrevista con Caracol Radio que un eventual incremento del mínimo “afecta de manera directa y delicada porque pone presión a las pequeñas y medianas empresas”.

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Además, señaló que una medida de este tipo podría profundizar la informalidad, un problema estructural en el país. De acuerdo con la más reciente Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH) del Dane, la informalidad laboral se ubicó en 55,3% para el trimestre diciembre de 2025 a febrero de 2026.

Y es que la declaración del mandatario se dio en medio del más reciente consejo de ministros, donde endureció su postura frente al Banco de la República y calificó como una “tontería” la actual política monetaria. Incluso, instruyó a su gabinete a prepararse para ajustar los salarios si el costo del crédito continúa al alza: “Si la junta sigue en esa tontería, pues subimos otra vez el salario”.

Frente a esto, la líder gremial fue enfática: “El presidente puede defender políticamente la tesis del aumento del salario, pero no tiene la facultad ordinaria para subir el mínimo; la Constitución es clara y la concertación se fija en un periodo anual”.

El rol de la concertación en el salario mínimo

Esta postura también es respaldada por expertos jurídicos. Luis Acevedo Prada, CEO de Centro Jurídico Internacional, señaló a este medio que el presidente no tiene la facultad para fijar el salario mínimo por fuera del marco legal. “No es jurídicamente viable que el Ejecutivo anuncie un aumento salarial”, explicó, al recordar que la Ley 278 de 1996 y la sentencia C-815 de 1999 establecen que el incremento debe darse mediante concertación entre Gobierno, empresarios y trabajadores. Solo si no hay acuerdo, el Ejecutivo puede intervenir, pero no de forma arbitraria.

El experto advirtió que un anuncio de este tipo genera incertidumbre en el sector empresarial y podría frenar decisiones de contratación. Además, alertó que un eventual decreto sería demandable y “muy probablemente caería”, lo que abriría un periodo de inestabilidad jurídica y mayores costos para las empresas.

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El riesgo de decisiones por fuera del consenso

En ese escenario, analistas advierten que apartarse del proceso de concertación podría generar tensiones institucionales y efectos económicos no deseados. Más allá del debate político, insisten en que el salario mínimo es una variable sensible que impacta el empleo, la informalidad y la sostenibilidad empresarial.

Por eso, recalcan que cualquier modificación debe pasar por el diálogo entre Gobierno, empresarios y trabajadores, evitando decisiones unilaterales que puedan alterar el equilibrio del mercado laboral.

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