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Seis funcionarios y exfuncionarios de la Dirección de Impuestos y de Aduanas Nacionales (DIAN), seccional Bogotá, fueron sancionados por la Procuraduría con destitución e inhabilidad general por 12 años por su participación en el llamado “cartel de la devolución del IVA”, un entramado de corrupción que se aprovechaba de beneficios otorgados en el estatuto tributario para defraudar a la entidad.
Se trata de Javier Navas Ballesteros, Alonso Viana Cubides, Jaime Enrique Silva Ballesteros, Edgar Pinzón Ardila, Diego Fernando Arturo Gaitán, y Omar Gaitán García. A todos les fue confirmado el fallo en primera instancia tomada por la Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa.
“La Sala Disciplinaria de la Entidad encontró probadas las faltas disciplinarias de los exfuncionarios por recibir prestación económica periódica para facilitar el reconocimiento y pago de las devoluciones del IVA a favor de algunas empresas creadas y/o asesoradas para la organización R&B Consultores, entre ellas Medal Metal, Cirurtex S.A, durante los años 2010 y 2011”, dice la Procuraduría en un comunicado público.
En su fallo, la entidad da un vistazo general sobre el modus operandi de la operación delincuencial, “conformada por particulares y funcionarios de la DIAN, que participaron en trámites de devolución de impuesto del IVA, solicitado por empresas ficticias o constituidas sin la infraestructura requerida, creadas o asesoradas por la sociedad R&B Consultores, liderada por la señora Blanca Jazmín Becerra Segura, durante los años 2008 y 2011”.
Según la entidad, estas empresas simulaban operaciones de exportación, “obteniendo así de manera irregular la devolución de impuestos a las ventas, soportados en operaciones comerciales ficticias de empresas de papel”.
Los servidores públicos sancionados en este fallo “apoyaron de manera directa esta obra criminal brindando información; escribiendo y/o modificando el RUT de las empresas que requirieron fraudulentamente la devolución del IVA; sirviendo de puente para contactar a otros funcionarios; facilitando el trámite de las devoluciones; dando vía libre para avalar las operaciones comerciales que les servían de sustento, y evitando controles o verificaciones”.
Estas actuaciones que, según la entidad, fueron realizadas “con conocimiento y voluntad”, fueron calificadas como gravísimas a título de dolo. El fallo de primera instancia no fue apelado por las exfuncionarias Martha Cecilia Franco Valderrama y Amparo Barajas García, por lo que la decisión quedó en firme.