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Ley que digitalizará historial clínico entra en vigencia

  • FOTO COLPRENSA
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31 de enero de 2020
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El Gobierno Nacional sancionó este viernes la Ley 2015 de 2020, la cual tiene como objeto regular la interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica para que se puedan intercambiar datos relevantes de salud de todos los colombianos, respetando el habeas data.

“La Historia Clínica Electrónica deberá contener los datos clínicos relevantes de la persona de forma clara, completa y estandarizada con los más altos niveles de confidencialidad”, establece la Ley en el tercer capítulo.

Cabe destacar que los prestadores de servicios de salud estarán obligados a disponer los expedientes de la historia clínica de los colombianos para que puedan ser consultados en todos los sistemas, y así, dar a conocer a los profesionales de la salud, la historia clínica de cada colombiano.

“El plazo máximo de implementación de esta Ley será de cinco años a partir de la entrada en vigencia y esta estrategia obedece a criterios donde se prioricen datos y sistemas existentes en los distintos prestadores”, resalta.

Puede leer: Minsalud debe presentarle a Procuraduría informe sobre dengue

Solo podrán acceder a la Historia Clínica Electrónica los sujetos obligados por la ley, y las personas autorizadas por el titular de esa información.

“La Historia Clínica Electrónica permitirá a las IPS tener acceso a los datos básicos de salud de pacientes, permitiendo mejores diagnósticos, seguimiento y menos trámites”, señaló el ministro de Salud encargado Iván Darío González.

El Ministerio de Salud administrará el modelo de interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica y el Ministerio de las TIC será el responsable de la herramienta tecnológica de la plataforma de interoperabilidad, ya que todo paciente tiene derecho a que le suministren su historia clínica por cualquier medio, por parte de los prestadores de servicios de salud de forma gratuita, completa y rápida.

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