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¿Por qué la juez validó las interceptaciones a Uribe y Cadena, y las grabaciones del reloj espía?

La juez Sandra Heredia explicó por qué las interceptaciones a Álvaro Uribe y su abogado Diego Cadena, junto con las grabaciones del reloj espía, fueron validadas como pruebas clave en el fallo por fraude procesal. Este es el análisis y reacciones del caso.

  • La defensa de Uribe aseguró que apelará la condena luego de que se conozca este viernes. Foto: Colprensa.
    La defensa de Uribe aseguró que apelará la condena luego de que se conozca este viernes. Foto: Colprensa.
  • La defensa de Uribe apelará. Foto: Manuel Saldarriaga.
    La defensa de Uribe apelará. Foto: Manuel Saldarriaga.
29 de julio de 2025
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La juez 44 penal del circuito de Bogotá, Sandra Heredia, emitió un fallo en primera instancia que ha generado gran revuelo político y judicial: determinó que el expresidente Álvaro Uribe Vélez es culpable de fraude procesal y soborno en actuación penal, e inocente por fraude simple.

La condena se conocerá este viernes a las 2:00p.m., mientras que la defensa de Uribe asegura que esperará ese momento para acudir a la apelación y a una segunda instancia. Aunque el proceso aún no ha terminado, en la audiencia de este lunes (que duró más de 11 horas), se conocieron los detalles de la decisión.

Uno de los puntos clave de la sentencia fue la validación de diversas interceptaciones y grabaciones que involucraban a Uribe y su abogado, Diego Cadena. Estas fueron tanto telefónicas como por medio de un reloj espía.

¿Por qué la jueza validó las interceptaciones telefónicas a Álvaro Uribe y Diego Cadena?

En su fallo, Heredia validó las interceptaciones telefónicas a Uribe y su abogado al considerar que estas no fueron obtenidas de manera irregular.

Aunque la defensa de Uribe había argumentado que las grabaciones no podían ser usadas como pruebas debido a violaciones a su derecho a la privacidad, la juez concluyó que las interceptaciones cumplían con los requisitos legales y habían sido solicitadas y autorizadas por las autoridades competentes.

La orden de interceptación originalmente estaba dirigida a personas involucradas en el expediente del excongresista Nilton Córdoba, en el marco del caso del cartel de la Toga.

Le recomendamos leer: El juicio del siglo: 10 claves del caso Uribe, sin ‘prueba reina’

Según la juez, el número de Uribe fue incluido debido a que apareció en varias ocasiones dentro de dicho expediente, aunque la inclusión fue atribuida a errores de digitación.

A pesar de este error en la inclusión del número de Uribe, la juez defendió la legalidad de las escuchas, destacando que, contrariamente a lo argumentado por la defensa, Uribe no fue interceptado por un mes completo.

La cronología de la interceptación demostró que, una vez el funcionario judicial se percató de que Uribe era el interceptado, se activaron los protocolos para cesar la escucha de sus conversaciones.

Según la juez, este procedimiento fue seguido de forma diligente, y la interceptación solo se extendió desde el 12 hasta el 27 de marzo. “Hubiera podido demorar más de no ser por la prontitud del funcionario judicial al advertir el error”, señaló.

Heredia insistió en que las conversaciones entre Uribe y Cadena revelaban indicios de manipulación de testigos, específicamente en el caso del testimonio de Carlos Enrique Vélez (alias Víctor), quien fue presionado para cambiar su declaración contra Uribe.

También destacó que las conversaciones mostraron como Cadena actuaba en nombre de Uribe para influir en los testigos en su favor.

De acuerdo con el fallo, las interceptaciones mostraron el modus operandi del abogado al coordinar pagos a testigos y manejar documentos falsificados, lo cual fue considerado como prueba suficiente para validar las acusaciones de fraude procesal y soborno.

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La juez subrayó que, si bien las interceptaciones son una herramienta delicada en el ámbito judicial, en este caso, su validez estaba respaldada por el principio de legalidad y el contexto de los delitos en cuestión.

Según Heredia, la ley permite que, incluso si las escuchas fueron realizadas por error, si se detecta que los involucrados estaban discutiendo delitos, las grabaciones pueden ser utilizadas en otros procesos o para abrir nuevos expedientes.

¿Por qué la Justicia validó las grabaciones del reloj espía?

Otro elemento crucial que la juez Heredia validó como prueba fueron las grabaciones obtenidas a través del “reloj espía” de Juan Guillermo Monsalve, un testigo clave en el proceso.

Monsalve, quien se encuentra bajo protección estatal, había sido clave en las acusaciones contra Uribe y su presunta manipulación de testigos. Las grabaciones, que fueron obtenidas mediante dispositivos de espionaje, mostraron conversaciones donde se evidenciaba la presión ejercida sobre él y otros testigos.

Heredia justificó el uso de estas grabaciones al considerar que los elementos captados por el “reloj espía” ofrecían una evidencia clara y contundente de la manipulación que Uribe y su entorno ejercieron sobre testigos, lo que corroboró la hipótesis de la fiscalía de que existió una estrategia orquestada para desmentir las denuncias contra el expresidente.

Además, señaló que aunque la defensa aseguró que los audios obtenidos eran editados, no pudo demostrarlo. Por otro lado, la Justicia determinó que la reunión sí ocurrió, gracias a videos de cámaras de seguridad.

¿Por qué algunos expertos señalan que aquellas grabaciones no deberían ser válidas en el caso Uribe?

La defensa de Uribe apelará. <b>Foto: </b>Manuel Saldarriaga.
La defensa de Uribe apelará. Foto: Manuel Saldarriaga.

El presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, Francisco Bernate, expresó su preocupación sobre el tratamiento legal del expresidente Álvaro Uribe, particularmente en lo que respecta a una posible condena.

En una entrevista con La FM, Bernate aseguró que, incluso si Uribe es condenado, “no hay forma en que lo metan físicamente a una cárcel”. En su lugar, podría ser sometido a arresto domiciliario.

Además de esta afirmación sobre el encarcelamiento de Uribe, Bernate abordó otro tema que considera de grave preocupación: la validación judicial de las interceptaciones de comunicaciones entre abogado y cliente.

El abogado destacó que, en un sistema jurídico moderno, es inadmisible que una conversación entre un defensor y su cliente sea interceptada y, aún peor, que dicha conversación sea utilizada como prueba en un juicio.

Según Bernate, el fallo en el caso de Uribe se podía sostener sin la necesidad de esa prueba, y la validación de estas interceptaciones crea un precedente peligroso para la confidencialidad y la protección de los derechos de los abogados y sus clientes.

“Ese precedente de haber interceptado a un abogado y su cliente no puede hacer carrera en un país como Colombia”, afirmó al medio citado, sugiriendo que en el futuro otras instancias judiciales podrían pronunciarse sobre la legalidad de tales prácticas.

Además: ¿Culpable o inocente? Claves para entender el veredicto del juicio de Álvaro Uribe

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