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Corte acusa a Judicatura de extralimitación

Choque se generó por orden de sacar a magistrado ponente en caso Ramos. Tema quedó en manos de la Constitucional.

  • Una tutela interpuesta por Luis Alfredo Ramos se convirtió en un punto de discordia entre la saliente Sala Disciplinaria y la Corte Suprema de Justicia. C. Constitucional dirimirá. FOTO Esteban Vanegas
    Una tutela interpuesta por Luis Alfredo Ramos se convirtió en un punto de discordia entre la saliente Sala Disciplinaria y la Corte Suprema de Justicia. C. Constitucional dirimirá. FOTO Esteban Vanegas
03 de octubre de 2020
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La Corte Suprema de Justicia dejó claro ayer que no está de acuerdo en que la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de Judicatura, entidad a la que califica en vía de extinción, pueda meterse en sus decisiones.

Este fuerte pronunciamiento, que se originó como consecuencia de un fallo de tutela que favoreció al exgobernador de Antioquia Luis Alfredo Ramos, quien recusó y pidió apartar de su caso a Ariel Augusto Torres Rojas, magistrado que lo investigaba desde la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, por el delito de concierto para delinquir (Ver paréntesis).

La Sala Plena acató de manera “rigurosa” el fallo, pero llamó la atención de las autoridades competentes para que, “si lo consideran procedente y urgente, asuman la revisión de esa determinación adoptada el pasado 28 de septiembre”.

Por esto, la última palabra la tendrá la Corte Constitucional, llamada a dirimir el conflicto entre los dos organismos, para lo que deberá tener en cuenta los cuatro argumentos expuestos ayer por la Corte Suprema.

Sin competencia para resolver tutelas

De acuerdo con un comunicado emitido por el magistrado Jorge Luis Quiroz Alemán, presidente Corte, “de la sola lectura de la providencia, es evidente la falta de competencia de esa Sala para conocer acciones de tutela desde la reforma constitucional de 2015 y, con mayor razón contra esta Corte desde 2017”.

Y es que, como explicó Hernando Herrera Mercado, director de la Corporación Excelencia en la Justicia, con la reforma al equilibro de poderes (Acto Legislativo 02 de 2015) la Sala Disciplinaria de la Judicatura perdió la competencia para resolver tutelas; y, más adelante, la Corte Constitucional decidió que solo la Corte Suprema, y ella misma cuando las seleccione para su revisión, son competentes para fallar tutelas interpuestas contra algún magistrado o alguna de las salas de la Corte Suprema.

Falta de pruebas contra el magistrado

El presidente de la Corte manifestó que hay una “total ausencia de soporte probatorio para separar del caso al magistrado Torres Rojas”.

Lo que se suma a que ya en dos oportunidades la Corte había negado las recusaciones en contra del togado, mientras la Sala Disciplinaria, según el magistrado Quiroz, “sin fórmula de juicio ni motivación, explicación o razón alguna, le aparta por la supuesta filtración de un proyecto de fallo contra Ramos, de la que no existe ningún elemento para responsabilizarlo”.

Dijo que esto es al menos curioso, si se tiene en cuenta que el objetivo del fallo era salvaguardar el debido proceso del procesado, pero no se tuvo en cuenta el mismo derecho para el togado.

En respuesta a la tutela, el magistrado Torres había manifestado que la supuesta filtración a medios de comunicación de la ponencia no era responsabilidad suya ni del alto tribunal.

Orden de cambiar proyecto de fallo

Agrega el reclamo de la Corte que “inexplicablemente” la Sala Disciplinaria dispone que en el proceso el nuevo magistrado sustanciador presente “una ponencia diferente a la ya divulgada en los medios de comunicación”.

Asunto que ha requerido meses de trabajo de la Sala Especial de Primera Instancia, lo que también dilataría la decisión sobre el exgobernador.

ilegitimidad
de la sala
disciplinaria

Como la dejó claro hace un mes la Corte Constitucional, la situación de interinidad de esa sala del Consejo Superior de la Judicatura “mina la credibilidad de esa institución” y “deslegitima notablemente sus competencias”, dijo Quiroz.

Y, según Herrera, la interinidad en la Sala Disciplinaria se da desde la reforma al equilibrio de poderes, en 2015, que separó al Consejo de la Judicatura y derogó esta Sala para convertirla en la Comisión Nacional de Disciplina; pero que al momento en el cual el Gobierno la reglamentó, el Consejo de Estado la dejó con efectos suspensivos hasta que se diseñara un mecanismo para que el Presidente y el Consejo Superior ternaran a los magistrados ante el Congreso.

Desde entonces, la Sala entró en una especie de limbo, con dos magistrados que no se fueron pese a concluir sus periodos (Julia Garzón y Pedro Sanabria, quienes llevaban 12 años en la Judicatura y apenas renunciaron esta semana) y los demás elegidos como provisionales, sin ser ternados ni pasar por el Congreso.

Pero hace un mes, la Corte Constitucional consideró que ya estaban dados los requisitos para componer esa Comisión Nacional de Disciplina y que le correspondía proceder con las ternas de los candidatos, con lo que se queda sin piso la Sala.

Ayer, el Consejo Superior de la Judicatura publicó un acuerdo con las reglas de la convocatoria pública para escoger a los nominados.

EL COLOMBIANO buscó a los magistrados de la Sala para conocer su posición sobre lo dicho por la Corte Suprema, pero decidieron no emitir ningún pronunciamiento.

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