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¡Pilas! Ya no se perderán las semanas que usted cotice por encima de las 1.300 para pensionarse

La Corte Constitucional aseveró que un número límite de semanas para la tasa de remplazo, lo que existe es un tope del 80%. Le explicamos.

  • El cambio de posición favorecería a las personas que empezaron a cotizar desde temprana edad. FOTO: CAMILO SUÁREZ
    El cambio de posición favorecería a las personas que empezaron a cotizar desde temprana edad. FOTO: CAMILO SUÁREZ
22 de noviembre de 2022
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La Corte Constitucional se pronunció frente al caso de una persona que acumula 2.200 semanas cotizadas en Colpensiones y, a raíz de esto, cambió la interpretación que ocasionaba que quienes cotizaban por encima de las 1.800 semanas perdieran esos aportes como anexo al cálculo para incrementar su mesada de retiro.

El abogado Misael Triana explicó que, tras la demanda que se presentó, la Corte aseveró que no existe un limite definido en el número de semanas que se le pueden reconocer a un cotizante. Así las cosas el único límite que existe es un tope de 80% como tasa de reemplazo.

Juan Felipe Ochoa, abogado experto en pensiones, explicó que actualmente se incrementa 1,5% el valor de la base de liquidación por cada 50 semanas adicionales a las 1.300 obligatorias.

“Lo que dice la Corte es que las semanas adicionales no son lo importante, lo que se debe mirar el es tope del 80%. El cambio de posición favorece a las personas que iniciaron muy jóvenes a laborar, puesto que al cumplir con la edad para pensionarse van a contar con muchas semanas más de las obligatorias”, agregó el jurista.

Vale recordar que en el régimen de prima media, operado por Colpensiones, se exigen dos requisitos para poderse pensionar: acumular las 1.300 semanas de cotización y, en el caso de los hombres, tener 62 años cumplidos, o 57 años en el caso de las mujeres.

“La persona que supere el número mínimo de semanas –enfatizó Ochoa– incrementa el porcentaje de la tasa de reemplazo así: por cada 50 semanas adicionales se incrementa en 1.5%, hasta llegar al 80% siendo es el porcentaje máximo”.

El experto aclaró que si en algún momento las semanas cotizadas rebasan el tope del 80%, “el resto no es que se pierdan, simplemente hacen parte del sistema, acá se hace visible o efectivo el principio de solidaridad”.

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