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¿Qué siente cuando le preguntan sobre qué tanto funciona su operador de telecomunicaciones? Si le surgen dudas, algunas de las respuestas pueden estar en las fallas de servicio o infracciones al estatuto del consumidor.
Justamente por estas razones la Superintendencia de Industria y Comercio multó a Claro y a ETB, “al encontrar demostrado el incumplimiento de órdenes administrativas que habían sido impartidas al resolver algunos recursos de apelación en aquellos procesos en los que la SIC actúa como segunda instancia de los trámites que inician los usuarios ante los operadores”, explicó María Carolina Corcione, superintendente delegada para la Protección al Consumidor.
Esto significa que en consideración de la Superindustria “se vulneró el derecho reconocido a los usuarios mediante las resoluciones objeto de incumplimiento”.
Fallas en la prestación de servicios de voz y datos, no poder comparar los pagos registrados de los usuarios con los que están en mora, y los obstáculos para la expedición de paz y salvos son algunas de las infracciones que la SIC halló sobre el quehacer de Claro (Comcel) y por lo cual le impuso una multa de 197,5 millones de pesos.
El caso de ETB está más relacionado con incumplimientos en los recursos de apelación tenían que ver con la “continuación con la ejecución del contrato en los términos inicialmente pactados” así como la posibilidad de “cancelar el servicio empaquetado”. La multa a esta compañía es por 124,6 millones de pesos.
Explicó Corcione que “contra esta decisión procede el recurso de reposición y el subsidio de apelación”.
Al preguntarle sobre este tema a Claro, la compañía respondió que “la comunicación emitida por la autoridad se refiere a reclamaciones de tres usuarios de 2017, donde la compañía cumplió a cabalidad lo estipulado por la Superintendencia”. Así las cosas, “la empresa presentará los recursos de reposición y apelación para demostrar el cumplimiento de lo exigido por la autoridad”.
ETB aseguró a través de su oficina de comunicaciones que no ha sido notificada, por lo que “una vez conozca del acto administrativo de la SIC, presentará los recursos que procedan contra el mismo”..