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La Superintendencia Financiera de Colombia certificó la tasa de Interés Bancario Corriente para el mes de agosto 19,94 %, lo cual representa una disminución de 9 puntos básicos (-0.09 %) en relación con la que se definió para este julio de 20,03 %.
Con la expedición de la Resolución número 0954, el pasado viernes, la Superintendencia explicó que en atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, y en concordancia con lo señalado en el Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1,5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29,91 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), se indicó que...