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Nuevo golpe a la emergencia económica: Corte tumba impuesto a generadoras de energía y ordena devolver dinero

La Corte Constitucional anuló el decreto que imponía nuevos cobros a las generadoras de energía, creado en la segunda emergencia económica. La Dian tendrá seis meses para devolver o compensar los dineros cobrados.

  • El fallo fue adoptado por unanimidad, con una votación de 8-0. Foto: Colprensa
    El fallo fue adoptado por unanimidad, con una votación de 8-0. Foto: Colprensa
06 de mayo de 2026
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La Corte Constitucional tumbó el Decreto Legislativo 44 del 21 de enero de 2026, mediante el cual el Gobierno había impuesto nuevos cobros a las empresas generadoras de energía en Colombia en el marco de la emergencia económica.

La norma contemplaba dos medidas principales. La primera era una contribución parafiscal del 2,5% que debían pagar las generadoras sobre sus utilidades antes de impuestos correspondientes a 2025.

En contexto: Corte suspende decreto que creaba impuestos al sector eléctrico

La segunda establecía una contraprestación temporal en energía para los generadores hidráulicos que participan en el Mercado de Energía Mayorista. Esta medida consistía en entregar un aporte en especie de 12% de la energía vendida en bolsa para asegurar la continuidad del servicio en empresas intervenidas, como Air-e a cambio de un descuento en el impuesto de renta.

El fallo fue adoptado por unanimidad, con una votación de 8-0. El magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño aclaró su voto, mientras que Jorge Enrique Ibáñez Najar no participó por un impedimento debidamente sustentado.

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Cabe recordar que este decreto ya había sido suspendido provisionalmente desde el 6 de febrero.

Dian tendrá seis meses para devolver los recursos

Uno de los puntos más relevantes de la decisión es la modulación de efectos sobre el artículo 1 del decreto, que establecía una contribución parafiscal.

La Corte ordenó que la inexequibilidad tenga efectos retroactivos, lo que implica que los recursos recaudados bajo este concepto deberán ser devueltos o compensados a los contribuyentes.

Para ello, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) tendrá la responsabilidad de aplicar los mecanismos legales existentes o diseñar los necesarios para garantizar la devolución efectiva de los recursos.

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El plazo fijado es de máximo seis meses contados a partir de la notificación de la providencia, lo que abre un frente operativo y fiscal relevante para la administración tributaria.

Compensaciones tributarias para agentes del sector eléctrico

En cuanto al artículo 2 del decreto, la Corte también determinó efectos retroactivos, pero con carácter compensatorio.

Esto significa que el valor de la energía eléctrica entregada por los agentes en cumplimiento de la norma deberá ser reconocido como un descuento tributario del 100% en el impuesto sobre la renta del período correspondiente.

Si el valor del descuento supera los límites legales, el excedente podrá trasladarse a periodos gravables siguientes hasta su total compensación, lo que introduce un alivio fiscal progresivo para las empresas involucradas.

Vea aquí: Dian devolverá menos del 4% de los impuestos recaudados en la emergencia económica: así será el proceso

Para hacer efectivo este beneficio, el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) deberá expedir una certificación detallada que incluya cantidad de energía entregada, precio aplicado y valor total en pesos.

Este documento será el soporte oficial para el reconocimiento del descuento tributario.

Alejandro Castañeda, presidente de Andeg, celebró la decisión y afirmó este decreto resultaba “confiscatorio y presentaba serios vicios de ilegalidad por comprometer la suficiencia financiera de los agentes”.

Señaló que con esta medida la Corte envía “un claro mensaje al Gobierno, y solicitando la retroactivas del mismo, es decir devolver a las empresas cualquier dinero que se hubiera cobrado”.

“La falta de recursos y la mala gestión fiscal del Gobierno no pueden ser una patente para obviar la función del Congreso dela Republica de crear tributos y tampoco de cobrarle a las empresas su irresponsabilidad frente al sector eléctrico”, expresó Castañeda.

Petro defiende emergencia económica tras fallo de la Corte Constitucional

Por su parte, el presidente Gustavo Petro defendió la necesidad de la emergencia económica y cuestionó la devolución de los recursos a las empresas generadoras.

“Devolverle los impuestos a los poderosos dueños de generadoras después que estafaron al pueblo de Colombia con tarifas diez veces más altas de lo que debían cobrar. La emergencia económica era necesaria y sigue siendo necesaria”, afirmó el mandatario.

El mandatario agregó que el Estado necesita más recursos para enfrentar el costo de la deuda pública y sostuvo que estos deben provenir “de la bolsa de los grandes especuladores del país y no del bolsillo de los trabajadores de Colombia”.

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