La decisión de la Corte Constitucional de dejar en firme la inhabilidad que tendría el senador y excandidato presidencial Gustavo Petro para ocupar cargos públicos, por tener deudas con el Estado, reavivó el debate sobre la conveniencia o no de que una multa afecte los derechos políticos.
El alto tribunal dejó en firme la inhabilidad expresa en las leyes 610 de 2000 y 734 de 2002 para quienes poseen sanciones económicas. Esto pese a que en 2005, a través de la sentencia C-1083, declaró inexequible un inciso de la ley 716 de 2001 y determinó que la morosidad no podía limitar el derecho al trabajo.
Cuatro magistrados se apartaron de la decisión por considerar que solo un juez penal tiene la facultad de destituir a un funcionario elegido por votación popular.
Ante este embrollo jurídico el líder de Colombia Humana, que le debe al erario cerca de $337 mil millones de pesos por una multa de la Contraloría de Bogotá cuando subsidió el transporte público, convocó ayer a la movilización ciudadana, al considerar que es una persecución orquestada por sectores políticos para truncar su proyecto político.
“Desde 1948 solo un candidato ha logrado tocar la mayoría y ganar la presidencia para hacer un gobierno diferente a la rosca. Le han impuesto multas que una multinacional no podría pagar. La Corte vuelve esas multas una inhabilidad para ser presidente”, trinó.
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