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JEP no suspenderá la extradición de Otoniel, pero aún hay posibilidades

La justicia especial aún evalúa si aceptará a Otoniel en calidad de tercero civil.

  • Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, dirigía el grupo paramilitar conocido como el Clan del Golfo. Ahora pide pista en la JEP. FOTO: COLPRENSA
    Dairo Antonio Úsuga, alias Otoniel, dirigía el grupo paramilitar conocido como el Clan del Golfo. Ahora pide pista en la JEP. FOTO: COLPRENSA
15 de marzo de 2022
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El proceso de extradición del exjefe del Clan del Golfo, Dairo Antonio Úsuga, transcurre a toda marcha: la justicia corre para lograr extraditarlo en el menor tiempo posible y Otoniel se mueve con la misma celeridad, o incluso más, para frenar ese proceso que pretende llevarlo a pagar sus crímenes por narcotráfico a celdas estadounidenses.

Tras la decisión de la Corte Suprema de Justicia de negarse a suspender el proceso y trasladar el expediente a la JEP, la Jurisdicción se pronunció en un sentido similar que, de todos modos, no cambia mucho los escenarios.

La defensa del exnarcotraficante ha intentado varios caminos para que él se mantenga el máximo tiempo posible en Colombia. En esas movidas jurídicas el principal argumento ha sido que Otoniel participó en el conflicto armado como guerrillero y como paramilitar y que, por eso, debería ser aceptado en la Jurisdicción Especial para la Paz para contar sus verdades y responder a las dudas de las víctimas.

Sin embargo, en su decisión de este lunes, la Corte fue clara con que el exlíder paramilitar no perteneció nunca a las Farc y que no hay motivos de peso para frenar su envío a Florida y Nueva York, los dos estados que hoy lo piden en extradición.

La negativa de la JEP

Bajo ese contexto, la JEP le respondió a la defensa de Dairo Antonio Úsuga tres peticiones mediante un auto –en poder de EL COLOMBIANO– fechado el 7 de marzo de 2022.

Dentro de esos pedidos, el grupo de abogados de Otoniel exigía que se declara una medida cautelar para que la Corte Suprema de Justicia frenara el proceso de extradición dado que, en su criterio, se estaba llevando con una “celeridad y velocidad muy superior” a los trámites ordinarios, y que por ello podrían estarse vulnerando los derechos fundamentales del procesado.

Sin embargo, la justicia especial negó esa medida argumentando que “la sola existencia de un trámite de extradición en contra del señor ÚSUGA DAVID no afecta, por ese solo motivo, las contribuciones relevantes que pueda estar realizando actualmente ante diversos órganos del Sistema, de modo que, en principio, no hay una situación objetiva y clara, que revele una obstrucción o afectación a los intereses procesales de las actuaciones transicionales de conocimiento de la JEP, la UBPD o la CEV”.

Mientras tanto, la Jurisdicción está avaluando si acepta a Otoniel como compareciente en calidad de tercero civil. De ser aceptado, la Jurisdicción podría solicitar llevar su caso. Sin embargo, ahí se produciría un choque de poderes entre la Corte y la justicia transicional por entender quien tiene competencia.

De hecho, si la discusión jurídica se da en esos términos, sería la Corte Constitucional la que entraría a evaluar quién asume el caso. Por ahora, la Corte ya fue clara con que no frenará la extradición ni enviará el caso a la JEP como pedía la defensa del exjefe del Clan del Golfo.

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