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“Juan Carlos Suárez aprovechó el anonimato de su disfraz y estaba determinado a matar a Juan Esteban”: Fiscalía pide cárcel para el imputado

La Fiscalía pidió medida de aseguramiento en cárcel contra Juan Carlos Suárez Ortiz, acusado del homicidio de Jaime Esteban Moreno tras una riña en Halloween, mientras la defensa solicitó un plazo adicional para preparar su estrategia antes de que el juez tome una decisión.

  • La libertad de Juan Carlos Suárez Ortiz, de 27 años. fue solicitada por parte de la Fiscalía. FOTO: redes sociales, Policía.
    La libertad de Juan Carlos Suárez Ortiz, de 27 años. fue solicitada por parte de la Fiscalía. FOTO: redes sociales, Policía.
06 de noviembre de 2025
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El caso por la muerte de Jaime Esteban Moreno Jaramillo, estudiante de Ingeniería de Sistemas de la Universidad de los Andes, continúa su curso judicial en Bogotá. Durante la segunda audiencia, realizada este 6 de noviembre, la Fiscalía solicitó medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra Juan Carlos Suárez Ortiz, de 27 años, señalado como uno de los responsables de la brutal golpiza que terminó con la vida del joven la madrugada del 31 de octubre, tras una celebración de Halloween en una discoteca del norte de la ciudad.

Durante la diligencia, la Fiscalía reiteró su petición de enviar a Suárez Ortiz a un centro de reclusión, al considerar que existen elementos suficientes para inferir su responsabilidad en el delito de homicidio agravado, delito por el que fue imputado. El ente acusador aseguró que el ataque fue “desmedido, brutal y premeditado”, y que la libertad del procesado podría poner en riesgo su comparecencia al proceso.

En contexto: Fiscalía imputó con homicidio agravado a Juan Carlos Suárez Ortiz, capturado por la muerte de Jaime Esteban Moreno

Según la Fiscalía, los videos y testimonios recaudados muestran que la víctima fue perseguida, golpeada y dejada inconsciente en plena vía pública por dos hombres, entre ellos Suárez Ortiz, quien habría actuado disfrazado y con el rostro pintado de rojo para evitar su identificación.

Los testimonios recaudados muestran cómo el ciudadano Juan Carlos Suárez, disfrazado con el rostro pintado de color rojo, aprovechó el anonimato que le daba su apariencia para agredir de manera brutal a la víctima, proponiéndole golpes contundentes con pies y manos, aun cuando ésta nunca respondió la agresión ni ofreció resistencia alguna. Se advierte, señor juez, que el ataque no fue producto de una reacción momentánea ni de un impulso aislado. Por el contrario, el comportamiento del imputado revela una clara decisión de causar la muerte, pues después de propinarle los primeros golpes y retirarse del lugar al observar que su acompañante continuaba atacando al joven, se devolvió para rematar la agresión, asestando nuevas patadas contra la víctima que ya yacía en el suelo sin posibilidad alguna de defenderse. Este retorno al sitio y la continuación del ataque descartan por completo la hipótesis de un actuar emocional o impulsivo y demuestran un nivel de determinación de insensibilidad y desprecio por la vida humana”, expresó la fiscal durante la audiencia.

la gravedad del hecho no se mide solo por el resultado mortal, sino por la forma y las condiciones en que se produjo ese resultado”, indicó la fiscal del caso, al señalar que la agresión fue dolosa y que el imputado regresó al lugar para continuar golpeando al joven cuando ya se encontraba en el suelo.

Los testimonios de testigos presenciales refieren que Suárez Ortiz fue alentado por una acompañante durante la agresión, con comentarios como “más fuerte” y “dale un low kick bien hecho”, usando términos de boxeo mientras la víctima estaba rendida en el piso. Otra testigo señaló que Moreno Jaramillo estaba “ahogándose con su propia sangre” mientras los atacantes continuaban golpeándolo sin que mediara resistencia alguna.

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La Fiscalía sostuvo que las medidas no privativas de la libertad —como la vigilancia electrónica o la presentación periódica ante un juez— resultarían insuficientes para garantizar su comparecencia. “No existen condiciones de confianza en que el imputado cumpla las obligaciones que impone la ley”, argumentó la fiscal, insistiendo en que el delito afecta el bien jurídico más importante: la vida. Por ello, pidió imponer medida de aseguramiento en establecimiento carcelario conforme al artículo 307 del Código de Procedimiento Penal.

La actitud del imputado se mantuvo calmada e inexpresiva durante todo el transcurso de la audiencia. La Fiscalía insistió en que Suárez Ortiz es un peligro para la sociedad. FOTO: captura de pantalla.
La actitud del imputado se mantuvo calmada e inexpresiva durante todo el transcurso de la audiencia. La Fiscalía insistió en que Suárez Ortiz es un peligro para la sociedad. FOTO: captura de pantalla.

La delegada del ente acusador argumentó que el comportamiento de Suárez Ortiz, antes y después del crimen, evidencia “una actitud de desprecio absoluto por la vida humana y una voluntad de eludir la acción de la justicia”. También recordó que el joven no se entregó voluntariamente, sino que fue detenido por la rápida reacción de la comunidad y la Policía, y que después del ataque habría manifestado a sus acompañantes la necesidad de huir del sitio al escuchar las sirenas.

¿Dilatación del proceso?

Durante la diligencia, la defensa de Juan Carlos Suárez Ortiz pidió al juez un plazo adicional para preparar su estrategia jurídica. El abogado argumentó que apenas el día anterior había asumido el caso y que, por tanto, no contaba con el tiempo suficiente para analizar a fondo los videos, documentos y testimonios presentados por la Fiscalía. Señaló que el encuentro con su defendido había sido breve y que aún no se había podido desarrollar una versión completa de los hechos desde su perspectiva.

La solicitud fue sustentada en el artículo 8 del Código de Procedimiento Penal, que reconoce el derecho del acusado a disponer de un tiempo razonable y de medios adecuados para la preparación de su defensa. El abogado pidió un aplazamiento de al menos 48 horas, insistiendo en que se trataba de una petición legítima en busca de garantizar el debido proceso y la igualdad de armas entre las partes.

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Por su parte, la delegada de la Fiscalía se opuso a esa petición, al considerar que el tiempo solicitado era excesivo. La funcionaria explicó que ella también había asumido el caso el día anterior, hacia las cuatro de la tarde, y que, pese a ello, había logrado preparar su intervención. Añadió que gran parte del material probatorio era de conocimiento público, dado el alto interés mediático del caso.

El Ministerio Público, en cambio, respaldó la solicitud de la defensa. Señaló que, aunque el acusado no se encontraba en condición de vulnerabilidad manifiesta, era necesario garantizar el principio de equilibrio procesal, evitando que alguna de las partes enfrentara la audiencia sin tiempo suficiente para ejercer plenamente su rol.

Tras escuchar a todas las partes, el juez accedió parcialmente a la petición y ordenó reanudar la audiencia este viernes 7 de noviembre a las 8 de la mañana. Según explicó, la decisión busca dar un tiempo razonable tanto a la defensa como a la Fiscalía para preparar sus argumentos antes de que se decida si Juan Carlos Suárez Ortiz deberá enfrentar el proceso bajo medida de aseguramiento privativa de la libertad.

Bloque de preguntas y respuestas

¿Cuál fue la causa de la muerte de Jaime Esteban Moreno?
La causa fue un trauma craneoencefálico severo, producto de golpes múltiples durante la agresión, seguido de paro cardiorrespiratorio.
¿Qué pruebas hay en su contra en el caso?
Videos de cámaras de seguridad, testigos presenciales, y dictamen médico que señala trauma craneoencefálico severo en la víctima.
¿Qué medida solicitó la Fiscalía y cuál fue la decisión del juez?
Pidió medida de aseguramiento en establecimiento carcelario. El juez aplazó la decisión para el 7 de noviembre, permitiendo que la defensa y la Fiscalía preparen mejor sus argumentos.
¿Qué argumentó la defensa de Juan Carlos Suárez Ortiz?
Su abogado solicitó más tiempo para estudiar las pruebas, alegando que apenas había asumido el caso y necesitaba garantizar el derecho a una defensa adecuada y el equilibrio procesal.
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