x

Pico y Placa Medellín

viernes

3 y 4 

3 y 4

Pico y Placa Medellín

jueves

0 y 2 

0 y 2

Pico y Placa Medellín

miercoles

1 y 8 

1 y 8

Pico y Placa Medellín

martes

5 y 7  

5 y 7

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

6 y 9  

6 y 9

¿Qué tal? Corte Suprema anuló el primer fallo por frases inventadas tras uso indebido de IA

El alto tribunal advirtió que ningún juez puede sustentar sus fallos en argumentos falsos o no verificados, pues eso vulnera el derecho al debido proceso.

  • La decisión se tomó en un caso por una deuda entre dos mujeres de Sincelejo. Foto: Colprensa
    La decisión se tomó en un caso por una deuda entre dos mujeres de Sincelejo. Foto: Colprensa
13 de noviembre de 2025
bookmark

Cuando la inteligencia artificial parece haberse metido en todas partes, desde escribir textos hasta ayudar a interpretar leyes, la Corte Suprema de Justicia advirtió que en los estrados no se pueden tomar decisiones sin verificar a fondo la información, y mucho menos apoyarse en citas que no existen en los fallos reales.

En un reciente fallo, la corporación anuló una decisión del Tribunal Superior de Sincelejo por haberse sustentado en citas jurisprudenciales que, al ser verificadas, resultaron inexistentes.

El pronunciamiento no solo dejó sin piso una providencia, sino que marcó un límite, advirtiendo que ni los jueces ni la inteligencia artificial pueden inventar precedentes. La Corte subrayó que en la motivación judicial no hay espacio para la improvisación ni para los textos fabricados por herramientas tecnológicas sin verificación.

El caso tuvo origen en Sincelejo, donde una ciudadana interpuso una acción de tutela contra el Tribunal Superior de esa ciudad. El motivo parecía técnico, pero pronto reveló un problema de fondo. El Tribunal había revocado una sentencia citando dos supuestas decisiones de la propia Corte Suprema (STC13560-2023 y STC4734-2025). Al revisarlas, la demandante descubrió que esas sentencias no decían lo que el Tribunal afirmaba. Y tenía razón.

Cuando la Corte Suprema verificó las citas, comprobó que los párrafos transcritos no existían. Eran frases inventadas, atribuidas falsamente a fallos reales. En otras palabras, el Tribunal había sustentado su decisión sobre una base inexistente, una especie de jurisprudencia fantasma.

Por ejemplo, el Tribunal transcribió un supuesto aparte según el cual “la actuación que se haga fuera del término no tiene la capacidad de interrumpirlo, pues la norma impone al juez decretar el desistimiento tácito cuando el proceso permanezca inactivo durante el plazo de dos años”. Pero al revisar el texto real, esa cita no aparece en ninguna parte.

Lea aquí: Otra baja en el gabinete Petro: renunció el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre; ¿tuvo algo que ver el procurador Eljach?

Esa falsedad se convirtió en el eje del fallo de segunda instancia, con el que el Tribunal declaró terminado un proceso judicial alegando desistimiento tácito, y afectó directamente el derecho al debido proceso de la demandante.

La Sala de Casación Civil, con ponencia de la magistrada Adriana Consuelo López, consideró el hecho una violación grave al debido proceso. En su análisis, lo calificó como un “defecto de motivación” y una “vía de hecho”. Para la Corte, no se trataba de un simple error sino de una construcción judicial fundada en afirmaciones carentes de sustento veraz.

“El funcionario judicial, entre varias tareas, debe prestar especial atención en utilizar los fundamentos normativos y jurisprudenciales adecuados y verificar su autenticidad y contenido. Sobre el particular, la Corte Constitucional se ha referido a la «alta diligencia de verificación y fiabilidad de la información consultada por el juez y su personal de apoyo» en la actividad que realizan al momento de motivar las providencias”, se lee en la decisión.

El fallo insiste en que la labor del juez exige la más alta diligencia. El uso de sistemas automáticos o fuentes no verificadas puede derivar en errores que vulneren derechos fundamentales, especialmente el debido proceso

La Corte aprovechó el pronunciamiento para dejar sentadas reglas claras sobre el uso de inteligencia artificial y fuentes jurisprudenciales dentro de la Rama Judicial. El alto tribunal recordó que los jueces están obligados a verificar la autenticidad y el contenido de toda cita jurídica antes de incorporarla a una providencia.

Al citar la sentencia T-323 de 2024, la Corte precisó que “no es admisible incluir en providencias textos generados por IA sin verificación. El juez que así proceda incumple su deber de motivar la decisión”.

En el caso concreto, el alto tribunal ordenó al Consejo Superior de la Judicatura y a la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla difundir esta decisión en todo el país, para prevenir que vuelva a repetirse un episodio similar.

Se trata de la primera tutela que anula una providencia por citas inexistentes y, al mismo tiempo, conecta explícitamente ese error con los riesgos del uso irresponsable de la inteligencia artificial.

“La justicia debe ser seria, eficiente y eficaz... El juez no puede abandonar su papel de garante de la verdad jurídica”, recuerda la sentencia STC17832-2025.

El caso

Todo comenzó con una disputa entre dos mujeres en Sincelejo: Irma, quien buscaba cobrar una deuda, y Dina, la deudora. El pleito parecía sencillo, pero terminó convirtiéndose en un caso histórico.

El proceso llevaba dos años sin movimiento. Según la ley, si un caso permanece inactivo ese tiempo, puede darse por terminado automáticamente. El 11 de julio de 2024, ambas partes actuaron con diferencia de horas: a las 9:37 de la mañana, Irma pidió un embargo para demostrar que el proceso seguía vivo; a las 3:08 de la tarde, Dina pidió al juez que lo cerrara por abandono.

El juzgado le dio la razón a Irma y mantuvo el proceso abierto, pero el Tribunal Superior de Sincelejo revocó esa decisión. A juicio del Tribunal, las actuaciones de ambas eran extemporáneas y el caso debía darse por terminado. Para sustentar su decisión, el Tribunal citó una supuesta frase de una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que, según ellos, respaldaba su posición.

Cuando el caso llegó a la Corte, el alto tribunal revisó sus archivos y descubrió que la cita que el Tribunal de Sincelejo había usado no existía. El texto atribuido a la Corte era completamente falso y no coincidía con ninguno de sus fallos y anuló la decisión.

Club intelecto

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida