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Aceptan a exesposa de Monsalve como víctima en el caso Uribe

Periodista Gonzalo Guillén no fue acreditado como tal. Ambas decisiones fueron apeladas.

  • La diligencia judicial se realizó por teleconferencia, debido a las restricciones impuestas por la pandemia de la covid-19. Falta que otro juez responda a las apelaciones de las partes. FOTO colprensa
    La diligencia judicial se realizó por teleconferencia, debido a las restricciones impuestas por la pandemia de la covid-19. Falta que otro juez responda a las apelaciones de las partes. FOTO colprensa
09 de abril de 2021
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La jueza 28 Penal del Circuito de Bogotá, con función de conocimiento, reconoció ayer a Deyanira Gómez Sarmiento como víctima en el proceso en el que está imputado el expresidente Álvaro Uribe Vélez, quien responde ante la justicia por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal.

Gómez Sarmiento era la esposa de Juan Guillermo Monsalve, uno de los testigos más importantes del caso, y apareció en escena cuando Monsalve le envió a través suyo la carta de retractación al abogado Diego Cadena, en la cual pedía perdón por haber declarado que Álvaro y Santiago Uribe Vélez eran los precursores de las autodefensas en Antioquia.

De acuerdo con las interceptaciones y grabaciones leídas en la audiencia, se entiende que Gómez y Cadena discutieron acerca de quién era la idea de la retractación, asunto que no la dejó tranquila, por lo cual no le entregó el documento, aunque posteriormente lo radicó ante la Corte Suprema con una nota aclaratoria que decía que esa retractación se hacía bajo presión del abogado Diego Cadena y de Enrique Pardo Hasche, compañero de prisión de Monsalve.

Desde ese momento, las interceptaciones dan cuenta de la preocupación que Cadena le manifiesta al expresidente Uribe en siete oportunidades.

En adelante, Gómez asegura que sufrió persecuciones, luego de las cuales el magistrado José Luis Barceló pidió protección para ella y sus hijos a la Unidad Nacional de Protección. Sus escoltas atestiguaron sobre los seguimientos que sufrieron en varias oportunidades y un atentado en contra de su vida, tras lo cual tuvo que exiliarse en el exterior.

La jueza Carmen Helena Ortiz expresó que su decisión se justifica en que “la señora Gómez Saavedra ha sufrido daños tras no entregar la retractación, y es sobre ese documento que recae el presunto delito de fraude procesal”.

“Así las cosas, mal podría aseverarse, como lo hizo la Fiscalía General de la Nación, el Ministerio Público y la defensa, que al no ser la víctima directa de los punibles que se le atribuyen al imputado, esta carece de posibilidad de ser reconocida provisionalmente como víctima dentro de la presente actuación, máxime cuando en esta oportunidad se trata de una solicitud de preclusión que eventualmente daría lugar a terminar la investigación”, expuso la funcionaria judicial.

Y agregó que no es necesario que Gómez sea el sujeto pasivo de los delitos fraude procesal y soborno, para constituirse como víctima, y bajo tal panorama es claro que resultaría víctima indirecta de los hechos materiales de investigación.

Pese a esto, negó la pretensión de su abogado, Miguel Ángel del Río, acerca de que fuera reconocida como víctima por la pérdida de su empleo, ya que no se pudo evidenciar nexo entre Uribe y los hechos que le imputan con las directivas de Coomeva (entidad en la que trabajaba Gómez y de la que fue despedida), ni con la extinción de dominio de su finca La Veranera en el proceso contra su exesposo.

Esta decisión fue apelada por la Fiscalía, el Ministerio Público y la defensa ante los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá.

El abogado Jaime Granados alegó que es posible que Gómez Saavedra sea víctima por hechos relacionados con el proceso, pero no por los delitos imputados a Uribe. Dijo que no se ha probado ningún nexo entre Uribe y las amenazas, persecuciones ni atentado, por lo cual solicitó revocar la decisión.

Negó a Gonzalo Guillén

El periodista Gonzalo Guillén también acudió al proceso solicitando su reconocimiento como víctima. Su abogado Roberto Rodríguez expuso que su prohijado ha sufrido perjuicio y daño moral a la honra, honor y credibilidad como periodista, que se han visto supuestamente menoscabadas por declaraciones de Álvaro Uribe y el abogado Jaime Lombana.

En relación con el proceso, Rodríguez argumentó que en el texto en el que la Sala de Instrucción de la Corte Suprema ordena la medida de aseguramiento contra el expresidente Uribe, Guillén es mencionado 54 veces, y en una entrevista en una emisora nacional Lombana se expresó acerca del periodista como “sicario y bandido de Carlos Mattos”.

Al respecto, la jueza expuso que “no puede señalarse o sostenerse que como las afirmaciones o calificativos que el abogado Jaime Lombana realizó respecto de él quedaron replicadas en la decisión de la Corte Suprema, ello implica que la presunta afectación a su patrimonio moral necesariamente haya derivado de esa actuación procesal”.

Para el juzgado, las aseveraciones que realizó Lombana están por fuera del escenario en el que, a juicio de Guillén, afectaron su buen nombre: “El hecho de que aquellas afirmaciones hayan sido materia de diálogo entre Uribe Vélez y Jaime Lombana no tiene ninguna relación causal directa o indirecta frente al supuesto daño que se pretender hacer ver con relación a esta actuación procesal”.

Y conminó al reportero y su abogado a iniciar los procesos penales correspondientes al margen de este proceso, lo que ya se tramitó.

Sin embargo, esta decisión fue apelada por el abogado Rodríguez y por Reinaldo Villalba, representante del senador Iván Cepeda, quienes consideran que no puede ser tan rígida la percepción de víctima y que se debe entender que el plan para desprestigiar a Guillén buscaba minar la confianza en lo que él estaba informando sobre el proceso.

La jueza dio traslado de las apelaciones a su superior y suspendió la audiencia de preclusión hasta que haya una decisión de segunda instancia sobre el reconocimiento de las víctimas.

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