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Entre marzo de 2020 y mayo de 2021, la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá impuso 123.281 órdenes de comparendo en Medellín por violaciones a las medidas impuestas en el marco de la emergencia sanitaria.
Participar de aglomeraciones, no usar tapabocas, violar la ley seca o desconocer el pico y cédula fueron algunas de las infracciones por las que esa institución amonestó a los ciudadanos con mayor frecuencia (ver Infografía).
A pesar de ese número, entre el 1 de enero y el 16 de abril de este año, el monto de esos comparendos recaudado por la Secretaría de Hacienda de Medellín no superaba los 57 millones de pesos. En cifras exactas, de un total de $865.691.011 facturados en ese periodo, el Municipio había recaudado $56.827.035, según informó esa dependencia.
Según explican funcionarios y expertos en el tema, las razones detrás de ese número son varias. La negativa de los ciudadanos a tramitar las órdenes de comparendo, un marco normativo complejo y el alto volumen de casos que enfrentan las inspecciones de Policía hacen parte de un panorama con zonas grises y preguntas por responder.
Daniel Hinestroza Carrasquilla, abogado experto en derecho penal e integrante del capítulo Antioquia del Colegio de Abogados Penalistas, señala que uno de los primeros factores a tener en cuenta para comprender el tema comienza por entender que la orden de comparendo es solo el primer paso de un proceso más largo.
Cuando el ciudadano es detenido por un agente de Policía por presuntamente haber violado una de las medidas sanitarias inicia un proceso en el que esa sanción puede caerse.
“El ciudadano puede demostrar que no estaba cometiendo la conducta sancionada o probar que un motivo de fuerza mayor lo impulsó a incumplir las restricciones”, explica Hinestroza Carrasquilla.
Según detalla el abogado, a un nivel general, el procedimiento contempla que tras recibir la orden de comparendo por parte del oficial de Policía, cada ciudadano debe acercarse al centro de resolución de comparendos para hacer sus descargos.
Si considera que la sanción es injusta, allí podrá iniciar ante el inspector de Policía un proceso de apelación. Tras revisar esos argumentos en una audiencia, el inspector puede exonerarlo o dejar en firme el comparendo.
En el caso de que el ciudadano tenga limpio su historial existe la posibilidad de que el pago sea reemplazado por una medida coercitiva (como ir a un curso). Así mismo, la sanción puede traducirse en una multa, que luego va al fondo especial de la Alcaldía cuya destinación está regulada por la ley, detalla el abogado (ver recuadro).
Hinestroza Carrasquilla agrega que entender ese procedimiento es crucial para tener claro que multiplicar el número de órdenes de comparendo impartidas por el valor de una multa sería un ejercicio impreciso.
Además, señala que si se tiene en cuenta la capacidad operativa del Municipio para atender ese elevado número de procesos, se explicaría en parte por qué el recaudo es tan bajo.
“El problema es de capacidad de los inspectores y del centro de resolución. Además, muchos de los comparendos que se imponen pueden entrar en conflicto con algunos derechos fundamentales”, dice el penalista, advirtiendo que el surgimiento de estos conflictos puede hacer que los inspectores desestimen esas órdenes.
En el caso de las personas que fueron amonestadas por salir a la calle en busca de su sustento, por ejemplo, el abogado explica que los decretos que reglamentaron esas infracciones no son claros y hace que la sanción quede en un terreno gris.
En paralelo a este punto, Carlos Gutiérrez Bustamante, subsecretario de Gobierno local de Medellín, plantea que otra de las razones que explican esa cifra es la renuencia de los ciudadanos a pagar las multas cuando quedan en firme.
Según informa el funcionario, entre marzo y el 31 de agosto de 2020 eran al menos 45.000 las personas que se habían acercado a tramitar sus comparendos, obtuvieron una factura pero nunca la pagaron.
Aunque según advierte Gutiérrez, las personas que fueron amonestadas quedan inscritas en una base de datos conocida como el Registro Nacional de Medidas Correctivas, en donde quedan con restricciones para acceder a cargos públicos, contratar con el Estado, entrar a las escuelas de formación de la Fuerza Pública, entre otros. El Municipio lanzó una estrategia para mejorar el recaudo.
Según explicó, la Alcaldía emitió el Decreto Municipal 0317 de 2021 en el que determinó que los ciudadanos que tengan pendiente el pago de sus multas podrán acceder a un descuento del 60 % de la sanción más un 100 % de los intereses si se ponen al día antes de que termine junio.
Para ser beneficiario de ese descuento, la multa debió ser impuesta entre el 25 de marzo y el 31 de agosto de 2020. Y el plazo será hasta el 30 de junio, detalló el funcionario.
Aunque a través de un requerimiento EL COLOMBIANO solicitó a la Secretaría de Hacienda conocer el monto exacto de recursos recaudados desde marzo de 2020, esa dependencia argumentó que la única cifra disponible hasta ahora era la que abarcaba el periodo de enero a abril de 2021.
Frente a la pregunta sobre la destinación de esos recursos recaudados, Gutiérrez Bustamante aclaró que estos se utilizarán con base en lo que ordena el Código de Policía (ver Paréntesis).
Vale recordar que según estipula esa ley en un parágrafo del artículo 180, las multas deben consignarse en un fondo municipal dedicado a promover proyectos pedagógicos y de seguridad.
“Mínimo el 60 % del Fondo deberá ser destinado a la cultura ciudadana, pedagogía y prevención en materia de seguridad”, se lee en el código