x

Pico y Placa Medellín

viernes

2 y 8 

2 y 8

Pico y Placa Medellín

jueves

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

miercoles

4 y 6 

4 y 6

Pico y Placa Medellín

martes

0 y 3  

0 y 3

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

1 y 7  

1 y 7

HAY QUE ATENDER LAS FINALIDADES DE LA SANCIÓN PENAL

09 de noviembre de 2017
bookmark

En el reciente documento “amicus curiae”, que ha expedido la Fiscal de la CPI -por solicitud de la Corte Constitucional- se ha puesto de presente, una vez más, el asunto relativo a elucidar cuáles son los estándares internacionales en lo que respecta a la sanción penal que se debe adoptar -en clave de la llamada justicia transicional- respecto de la comisión de crímenes internacionales.

Al respecto, se establece un criterio dual: por un lado, que se trate de sanciones penales efectivas, y por el otro, que cumplan los objetivos de disuasión, retribución, rehabilitación y restauración.

En este sentido, el binomio propuesto apunta a que las sanciones penales cumplan las finalidades de disuasión y retribución, que si bien juegan un papel atemperado si se compara con el contexto de justicia ordinaria, deben ser atendidas.

Temas recomendados

Nuestros portales

Club intelecto

Club intelecto

Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida