Lo que se anunció esta semana desde La Habana consiste en darle al acuerdo final que se suscriba -no a los acuerdos parciales, ni al general donde se fijó el temario, si no al final- el carácter de un Convenio Especial. Ese carácter de especial se lo daría el Estado colombiano como suscriptor que es del Protocolo IV de los Convenios de Ginebra. Y también se le daría un carácter constitucional, de forma transitoria, para la implementación del acuerdo al que se llegue en La Habana. Estamos frente a actos jurídicos del Estado colombiano, que incluyen también declaraciones del Jefe del Estado ante la comunidad internacional.
Nada de esto viola la Constitución Política. Por el contrario: es acogimiento de la Constitución incorporar ese convenio con el carácter especial, a través de un Acto Legislativo, que implica aceptar la competencia del régimen institucional colombiano para poder tomar esas decisiones.
Algunos dicen que introducir estos temas en el séptimo debate del Acto Legislativo sería inconstitucional. Yo en lo personal creo que no, pues guarda unidad temática con la implementación de los acuerdos de paz, hay una unidad teleológica. Tampoco creo que se estén creando derechos especiales para las Farc, si no que se incorporan unos acuerdos para su desarrollo posterior.