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Reforma tributaria: estos son los productos y servicios que pagarían más IVA

La nueva reforma tributaria amplía el IVA a combustibles, licores y servicios como parqueaderos y juegos de azar, mientras mantiene alivios en alimentos.

  • Uno de los puntos más sensibles tiene que ver con los combustibles. La iniciativa establece que “la gasolina y el ACPM tendrán IVA del 10% en 2026-2027 y luego la tarifa general”. FOTO: GETTY
    Uno de los puntos más sensibles tiene que ver con los combustibles. La iniciativa establece que “la gasolina y el ACPM tendrán IVA del 10% en 2026-2027 y luego la tarifa general”. FOTO: GETTY
hace 3 horas
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El proyecto de ley de financiamiento o reforma tributaria radicado hoy 1 de septiembre por el Gobierno Petro plantea una ampliación significativa del alcance del IVA.

Según el texto oficial, “se amplía el IVA a más bienes y servicios, incluyendo juegos de suerte y azar (presenciales y en línea), cuotas de administración en propiedad horizontal no residencial y servicios de parqueadero”.

Entérese aquí: Gobierno Petro radicó su nueva reforma tributaria de $26,3 billones en el Congreso a puerta cerrada

Con esta medida, el Ejecutivo busca cerrar vacíos en sectores que hasta ahora tenían un tratamiento preferencial o estaban excluidos.

Es decir, el Gobierno busca ampliar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para recaudar más dinero. Esto significa que si la propuesta avanza, es probable que algunos precios suban para los ciudadanos.

Radicación de la reforma tributaria en el Congreso.
Radicación de la reforma tributaria en el Congreso.

¿Qué productos y servicios pagarán más IVA?

Según el articulado, estos son los productos y servicios pagarán más IVA:

1. Juegos y apuestas: Si le gusta el chance, la lotería o los juegos de casino, tanto en persona como por internet, ahora tendrán un impuesto del IVA.

2. Parqueaderos y oficinas: Las cuotas de administración de edificios de oficinas y los servicios de parqueadero también estarán gravados con este impuesto.

3. Gasolina y diésel (ACPM): A partir de 2026 y 2027, estos combustibles tendrán un IVA del 10%. Después de ese periodo, el impuesto aumentará a la tarifa general, lo que podría afectar el bolsillo de los transportadores y conductores.

4. Licores y vinos: Estas bebidas ahora estarán gravadas con la tarifa de IVA completa. Sin embargo, un 5% de ese dinero se destinará a los departamentos para financiar servicios de salud.

Puede conocer más: Así sería el golpe de la reforma tributaria al bolsillo de los colombianos: se radica este lunes

Lo que llamó la atención del nuevo proyecto es que los vehículos híbridos y sus componentes —motores, generadores y cargadores— dejan de estar en la lista de bienes con IVA reducido del 5%.

A partir de esta reforma, estos productos quedarían gravados con la tarifa general del 19%, lo que encarecerá su precio final para los consumidores.

¿Y qué pasa con los productos básicos? No todo subirá. Alimentos esenciales como el trigo, el arroz, el azúcar, el café y el pan continuarán con una tarifa reducida del 5%. Así, el Gobierno busca proteger a los consumidores de un aumento en los precios de la canasta familiar.

IVA a combustibles: la gasolina y el ACPM entran en el radar

El proyecto introduce cambios significativos en la base gravable y las tarifas del IVA para combustibles. En ese orden, para combustibles en general, incluirá el ingreso al productor o comercializador, más el margen mayorista y minorista, excluyendo el transporte.

Para ACPM, la venta minorista estará excluida. Para gasolina de aviación, será el precio oficial de lista en refinería, más los márgenes de comercialización mayorista y minorista.

Por lo tanto, así quedarían las tarifas escalonadas para el IVA de combustibles:

*Gasolina: La tarifa será del 10% para el ingreso al productor en 2026. A partir del 1 de enero de 2027, aplicará la tarifa general (19%).

*ACPM: La tarifa será del 10% para el ingreso al productor en 2026 y 2027. A partir del 1 de enero de 2028, aplicará la tarifa general.

*Biocombustible de origen vegetal o animal para mezcla con ACPM: Tarifa general a partir del 1 de enero de 2027.

*Alcohol carburante para mezcla con gasolina: Tarifa general a partir del 1 de julio de 2026.

*Para todos los demás combustibles derivados del petróleo, la tarifa general aplicará desde el 1 de enero de 2026.

Puede conocer: ¿Petro busca una reforma tributaria a lo Carrasquilla?

Licores y vinos con tarifa general

El documento también señala que los bienes sujetos al impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, así como los sujetos al monopolio departamental, quedarán gravados con la tarifa general del IVA (19%).

Una medida significativa que trae el articulado es que 5 puntos porcentuales de este recaudo del IVA se cederán a los departamentos, destinados al aseguramiento en salud.

El documento también señala que “los licores, vinos y aperitivos pasan a estar gravados con la tarifa general de IVA, con 5 puntos cedidos a departamentos para salud”.
El documento también señala que “los licores, vinos y aperitivos pasan a estar gravados con la tarifa general de IVA, con 5 puntos cedidos a departamentos para salud”.

Bienes básicos conservan el alivio del 5%

Pese a que el Gobierno decidió mantener tarifas diferenciales para productos de consumo masivo; el proyecto amplía la lista de bienes que estarán gravados con una tarifa del 5%. Entre los productos más relevantes se incluyen:

1. Alimentos: Café, trigo, maíz para uso industrial, arroz para uso industrial, harinas de cereales, habas de soya, aceites en bruto (soya, palma, girasol, algodón, etc.), salchichón, butifarra, mortadela, azúcar, chocolate de mesa, pastas alimenticias y productos de panadería a base de sagú, yuca y achira.

2. Insumos agrícolas y pecuarios: Alimentos para animales (harinas, salvados, tortas de extracción de aceites), madera en bruto, algodón sin cardar ni peinar, diversas herramientas y maquinaria agrícola, incubadoras y criadoras.

Conozca aquí: Gobierno asegura que la reforma tributaria no gravará con IVA ningún alimento de la canasta familiar

3. Energías limpias y movilidad eléctrica: Componentes del plan de gas vehicular, motores y generadores eléctricos para vehículos, motocicletas y bicicletas eléctricas, acumuladores eléctricos (baterías), cargadores de baterías e inversores para vehículos eléctricos. Se incluyen también vehículos eléctricos de transporte de personas (10 o más personas, o tipo familiar) y mercancías, así como motocicletas eléctricas y bicicletas eléctricas cuyo valor exceda las 50 UVT.

4. Hogares: Neveras nuevas para sustitución que cumplan con ciertos criterios de eficiencia energética (rangos A, B o C del RETIQ), cuyo precio sea igual o inferior a 30 UVT, se entregue una nevera usada al momento de la compra, y el comprador pertenezca a hogares de estrato 1, 2 o 3.

Además lea: Subir el IVA a los licores del 5% al 19% en la nueva reforma tributaria, la propuesta del Gobierno Petro

Reforma tributaria: estos son los productos y servicios que pagarían más IVA

Ajustes del IVA en el sector inmobiliario y servicios

En cuanto a las propiedades horizontales, se establece que las cuotas de administración asociadas a estas o a la afiliación de no contribuyentes del impuesto sobre la renta no generarán IVA.

Sin embargo, el servicio de parqueadero o estacionamiento y la explotación de áreas en zonas comunes por parte de personas jurídicas constituidas como propiedad horizontal o sus administradores serán responsables del IVA, con una excepción crucial: las propiedades horizontales de uso residencial quedan excluidas de esta responsabilidad.

Lea aquí: Reforma tributaria: Petro busca poner a iglesias a pagar impuesto de renta

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