Hasta ahora, el Estatuto Tributario colombiano (artículo 428) eximía del IVA a las importaciones hechas por tráfico postal, envíos urgentes o entregas rápidas, siempre que no superaran los US$200, uno $803.356 a tasa de cambio de hoy.
Es decir, si usted compraba un vestido en Shein, un accesorio en Temu o un libro en Amazon, y la compra llegaba por esas vías, no pagaba IVA.
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Eso se acabó. El nuevo texto de reforma tributaria elimina esa exención y, de ahora en adelante, cualquier compra por estas plataformas deberá asumir la tarifa plena del 19%.
Lo que dice el Gobierno sobre la eliminación de la exención
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, explicó durante la sustentación de la ley de financiamiento que “por un periodo se establecieron estas medidas como para estimular la presencia de estas plataformas, se les estableció una tarifa cero y lo que se ha visto es que esta cooperación ha crecido de manera significativa”.
El funcionario agregó: “es necesario que empiece a tener un comportamiento voluntario. Con los Estados Unidos conversaremos en relación con esta decisión”.
Aunque el documento no detalla desde cuándo entrará en vigencia el cobro, sí aclara que la medida forma parte del paquete para ampliar la base del IVA y conseguir más recursos para las finanzas públicas.
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Impacto sobre el comercio y los consumidores
La eliminación de la exención toca directamente a los llamados minimis, esas compras de bajo monto que se han vuelto populares en plataformas como Temu, Shein, AliExpress o Amazon.
Según el documento oficial, “el presente Proyecto de Ley propone la derogación del numeral j del artículo 428 del ET, eliminando así la exención de IVA a la importación de minimis. Con esta modificación, se busca eliminar las distorsiones negativas de esta exención sobre el comercio local, así como fortalecer el recaudo del IVA al interior del territorio nacional”.
La Dian calcula que este ajuste podría aumentar el recaudo en $640.000 millones para 2026.
Ejemplos internacionales de exención a los minimis
El texto tributario cita experiencias de otros países. Por ejemplo, desde 2018, Australia, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, Reino Unido y la Unión Europea ya eliminaron o modificaron la exención a los minimis.
En EE.UU., la exención aún existe, pero para valores inferiores a US$800. En comparación, Colombia se destacaba por tener uno de los umbrales más altos: US$200, solo superado por Costa Rica con US$500.
Un estudio de la OCDE citado en el documento aclara que en los años en que las compras de bajo costo eran marginales, mantener la exención era eficiente porque “la importación de minimis por medio del sistema arancelario tradicional generalmente implicaba mayores costos relativos a los beneficios percibidos por el recaudo del impuesto”.
Hoy, con el auge del comercio electrónico, esa lógica ya no aplica.
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Para el Gobierno, permitir que miles de compras pequeñas entren al país sin IVA genera un trato desigual frente a las empresas locales, que sí pagan el impuesto.
En palabras del documento, la reforma busca “incrementar el recaudo y eliminar las distorsiones que esta exención genera”.
La exención había sido incorporada en 2012, pero con el boom de las plataformas digitales se convirtió en un boquete tributario. Ahora, el Gobierno Petro la quiere cerrar como parte de su estrategia de recaudo.