Aunque la reforma pensional empezará a regir el 1° de julio del 2025, hay algunos puntos que ya entraron en vigencia como el régimen de transición y la posibilidad de escoger a dónde irá el excedente de las cotizaciones.
De esta manera, este próximo jueves 16 de enero se vence el plazo para que los colombianos afiliados a Colpensiones que no estén cobijados por el régimen de transición, y que coticen por encima de 2,3 salarios mínimos, puedan elegir la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) de su preferencia, un paso clave antes del inicio del nuevo sistema pensional.
De acuerdo con Andrés Velasco, presidente de Asofondos, actualmente hay 500.000 colombianos en Colpensiones que tienen cotizaciones por encima de 2,3 salarios mínimos. Además, hay más de un 1 millón que ya tienen relación con la AFP, los cuales pueden evaluar si se quedan en su misma administradora privada o se pasan a otra.
Aquí le despejamos algunas dudas.
¿Qué son las Accai y para quiénes aplica?
Las Accai serán ahora el pilar clave del nuevo esquema de pensiones. Estas son Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia; es decir, los fondos privados de pensiones privados (antes conocidas como AFP).
En otras palabras, son cuentas individuales diseñadas para complementar la pensión de los trabajadores que cotizan en Colpensiones. Sin embargo, también se abre la posibilidad para que haya más competencia (como fiduciarias y aseguradoras).
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Estas entidades, entonces, serán las encargadas de recibir y administrar las cotizaciones aportadas por afiliados que perciban un ingreso superior a 2,3 salarios mínimos mensuales, es decir ($3.274.050 en 2025). Hasta ese monto el aporte irá al Componente de Prima Media que será administrado por Colpensiones, y a partir de ahí por las Accai.
Este sistema aplicará principalmente, como se mencionó, para trabajadores afiliados a Colpensiones con ingresos superiores a 2,3 salarios; y personas que inicien su vida laboral antes del 30 de junio de 2025, con ingresos superiores a dicho monto.
Los afiliados que cumplan con los anteriores requisitos y que a la fecha establecida (16 de enero) no hayan elegido su administradora, serán asignados aleatoriamente por el Gobierno Nacional a una de las cuatro Accai ya autorizadas por la Superintendencia Financiera.
No obstante, aquellos que no estén satisfechos con la asignación podrán cambiar su Accai hasta seis meses después de la entrada en vigor de la ley.
¿Qué debe tener en cuenta a la hora de elegir?
Ahora, ¿cuáles son los criterios que debe tener en cuenta para elegir su Accai?
Kevin Hartmann, experto en temas pensiónales, explicó que lo principal que se debe tener presente es cuál es retorno acumulado que ofrece cada una de las Accai. Información que se puede consultar en la página de la Superintendencia Financiera.
“La Superfinanciera reporta el retorno acumulado de cada una de las AFP durante los últimos 10 años, durante los últimos 12 meses y desde la entrada en vigencia del portafolio multifondos, es decir, desde el 2011”, comentó Hartmann.
¿Cómo hacerlo?
1. Ingrese a la página web de cualquiera de las cuatro Accai (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia).
2. Compare la información de las cuatro Accai.
3. Haga clic en la que más se ajusta a tus necesidades.
4. Llene el formulario o haga clic en el botón para hablar con un asesor.
5. Siga los pasos indicados y complete el proceso de selección.
¿Qué debo hacer si ya estoy afiliado a un fondo privado?
Otra de las preguntas que surgen es qué hacer si ya se está en un fondo privado (antes AFP).
En este caso, si usted ya es afiliado a un fondo como Protección, Porvenir, Colfondos o Skandia, no tiene que elegir una administradora. Sus ahorros continuarán generando rendimientos, al igual que su excedente pensional, y seguirán cotizándose allí junto con el ahorro acumulado hasta la fecha.
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