Los aumentos en contratos vigentes tienen un límite
De acuerdo con Ramírez, al momento de renovar un contrato de arrendamiento, el incremento del canon no puede superar la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior.
Para el caso mencionado por el presidente de Fedelonjas, el límite corresponde al 5,10%.
Además, el ajuste solo puede realizarse cada 12 meses desde el último incremento, de acuerdo con las condiciones y topes establecidos por la normatividad.
La situación es diferente cuando se trata de inmuebles que entran por primera vez al mercado de arrendamiento. En esos casos, explicó el dirigente gremial, la Ley 820 establece que el canon mensual no puede superar el 1% del avalúo comercial del inmueble.
¿Dónde denunciar un incremento excesivo en el arriendo?
Fedelonjas señaló que los arrendatarios que consideren que están enfrentando incrementos desproporcionados pueden acudir a las autoridades locales.
El presidente del gremio indicó que las alcaldías locales son las encargadas de ejercer control y vigilancia sobre los contratos de arrendamiento.
¿Se puede terminar el contrato si la vivienda quedó afectada?
Otra situación que puede enfrentar un arrendatario tras el terremoto es la necesidad de abandonar el inmueble debido a los daños sufridos.
En estos casos, la posibilidad de terminar el contrato dependerá de una validación técnica sobre las condiciones de la vivienda.
Si la decisión de abandonar el inmueble responde únicamente a la percepción del arrendatario, será necesario revisar y cumplir las condiciones establecidas en el contrato. Según la explicación de Ramírez, normalmente se debe informar previamente la decisión con una anticipación de, al menos, tres meses.
Sin embargo, cuando una evaluación técnica determina que la vivienda quedó inhabitable, los arrendatarios pueden recurrir al artículo 1990 del Código Civil para solicitar la terminación del contrato debido a las condiciones del inmueble.
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Alcalde de Manizales alertó por casos de especulación
La preocupación por los aumentos excesivos en los arriendos ya había sido expresada por el alcalde de Manizales, Jorge Eduardo Rojas, quien alertó sobre casos en los que el valor mensual de algunas viviendas habría aumentado de manera considerable después del terremoto.
Según el mandatario, se conocieron denuncias de inmuebles cuyos arriendos pasaron de $300.000 a $500.000 mensuales.
“Este no es el momento de especular ni de jugar con la platica de la gente que quedó en unas condiciones muy difíciles”, señaló Rojas, quien anunció controles frente a posibles prácticas de especulación.
El alcalde aseguró que la vigilancia no se limitará al mercado de arriendos, sino que también buscará evitar aumentos injustificados en productos como alimentos y materiales de construcción, cuya demanda puede aumentar durante el proceso de atención y reconstrucción.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿Pueden subir el arriendo en Colombia tras el terremoto?
- No. Según lo explicado por Fedelonjas, al renovar un contrato el incremento no puede superar el IPC del año inmediatamente anterior. Para el caso citado por el gremio, el tope es del 5,10%.
- ¿Cada cuánto puede aumentar el canon de arrendamiento?
- El ajuste puede realizarse cada 12 meses desde el último incremento, respetando los límites establecidos por la normatividad.
- ¿Qué pasa si un propietario sube excesivamente el arriendo después de un terremoto?
- Los arrendatarios que consideren que están enfrentando un incremento desproporcionado pueden presentar una queja ante las alcaldías locales, que tienen funciones de control y vigilancia sobre los contratos de arrendamiento.