La Superintendencia Financiera determinó que para julio la tasa de usura se establecerá en 27,18 %, lo que no representa ninguna variación con respecto a la que se había señalado en junio.
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Recuerde que este es el máximo cobro efectivo anual que puede hacerse en créditos de consumo y ordinarios, razón por la que “puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente” bajo montos superiores, de acuerdo con la autoridad.
Para la modalidad de microcrédito, es decir aquellos préstamos de menos de 25 salarios mínimos otorgados a microempresas, se vio una disminución de 434 puntos básicos, con lo que se estableció un máximo permitido de 51,24 % efectivo anual.
Por otra parte, los créditos de consumo de bajo monto se mantienen en un interés bancario corriente de 34,18 %, cifra que fue determinada el 1 de octubre del año pasado y que irá hasta el 30 de septiembre de este año.