Desde el 8 y hasta el 21 de febrero tienen plazo los grandes contribuyentes, un total de 3.533, para pagar solo la primera cuota del impuesto sobre la renta del año gravable 2018, según la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).
Los grandes contribuyentes son quienes declaren activos fijos en renta de 3 millones de UVT de 2018 o más (99.468 millones de pesos), o un patrimonio de la misma magnitud, o quienes tengan ingresos de 2 millones de UVT (66.312 millones), (ver Paréntesis), de acuerdo con la resolución 48 del 10 de octubre de 2018 de la Dian.
Las personas naturales y jurídicas que entran en esta clasificación tienen tres plazos de pago para el impuesto de renta teniendo como referencia el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT): la primera cuota, entre el 8 y el 21 de febrero de 2019; la declaración y pago de la segunda cuota, entre el 9 y el 25 de abril de 2019; y la tercera cuota, entre el 11 y el 25 de junio de 2019 (ver gráfico).
Dicho esto, el decreto 2442 de diciembre de 2018 establece que la primera cuota es el 20 % del saldo pagado el año gravable 2017, y que se podrá cancelar hasta el 21 de febrero con un recibo de pago sin presentar declaración.
Tenga en cuenta que si al momento del pago de la primera cuota ya elaboró la declaración y “se tenga por cierto que por el año gravable 2018 la misma arroja saldo a favor, podrá el contribuyente no efectuar el pago de la primera cuota”, tal y como dice la norma. Pero, si al momento de la presentación se genera un saldo a pagar deberá desembolsar la respectiva cuota y los intereses de mora.
De igual manera, los grandes contribuyentes que soliciten vincular su impuesto al mecanismo “obras por impuestos”, no estarán obligados a realizar el pago de la primera cuota, siempre y cuando soliciten antes de su vencimiento tal vinculación.
Las otras dos cuotas se desembolsarán de la siguiente forma: en el cuarto mes del año se presenta la declaración, se resta la primera cuota y el saldo a pagar se divide en dos partes iguales que se liquidarán como ya se mencionó antes, en abril y junio.