El sector público se caracteriza por altos niveles de formalidad, lo cual implica una mayor estabilidad laboral y acceso a beneficios como cesantías, vacaciones remuneradas y seguridad social; sin embargo, en los últimos cuatro años el número de contratistas independientes del Estado aumentó un 44%, con un crecimiento en sectores clave como la administración pública, la educación y la salud.
Así lo reveló un estudio del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana, el cual detalló que el Estado pasó de tener 503.000 empleados por cuenta propia o independientes en 2020 a 723.000 en 2024. En su mayoría, las contrataciones son de mujeres educadas que permanecen en la informalidad.
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En términos generales, el sector de administración pasó de 170.000 personas en 2020 a 247.000 en 2024, con un crecimiento del 45,3%. En educación, el número de empleados aumentó de 137.000 en 2020 a 172.000 en 2024, lo que representó un crecimiento del 25,5%. Mientras que el sector de la salud experimentó el mayor incremento, pasando de 197.000 empleados en 2020 a 304.000 en 2024, un 54,3% más.
Si se mira por regiones, el informe señala que departamentos como La Guajira y Sucre presentan las tasas más altas de contratación precaria, superando el 80% en el caso de las mujeres.
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En Chocó, por su parte, la falta de oportunidades formales hace que el empleo estatal sea una de las principales fuentes de ingresos, aunque bajo modalidades precarias. En los departamentos pertenecientes a la región Orinoquía y Amazonía la oferta laboral en el sector público está marcada por una alta rotación y dependencia de los ciclos presupuestales, afectando principalmente a las mujeres jóvenes y a las trabajadoras con formación técnica.
Entre tanto, en Bogotá se concentra un gran número de contratos de prestación de servicios, aunque la ciudad ofrece mejores condiciones comparativas en relación con otras regiones del país.
Preocupa el aumento de contratos independientes en el Estado
Juliana Morad, directora del Observatorio, afirmó que, detrás de estos números, hay una realidad preocupante: “La mayoría de estos cuentapropistas son mujeres cualificadas y son informales. En este contexto, cabe preguntarnos: ¿quiénes son los que sufren las infracciones del Estado cuando actúa como empleador?”.
Para Morad, el mal uso de los contratos de prestación de servicios por parte del Estado ha sido señalado de manera reiterada por las altas cortes del país, que han destacado que este modelo no garantiza derechos laborales ni estabilidad para quienes lo desempeñan.
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“Las restricciones presupuestales y las dinámicas políticas han permitido que este modelo siga siendo ampliamente utilizado, especialmente en sectores clave como la educación, la salud y la administración pública”, dijo.
Agregó que, por ejemplo, preocupa el crecimiento de este tipo de contratación en mujeres: en 2020 había 313.000 mujeres trabajando como cuentapropistas en el sector público, cifra que subió a 459.000 en 2024, lo que representó un incremento del 46,6%.
Este comportamiento se reflejó principalmente en administración pública, con un alza del 57,5%, pasando de 85.000 empleados en 2020 a 133.000 en 2024; educación, con 22,5%, pasando de 78.000 en 2020 a 96.000 en 2024; y salud, con 52,9%, pasando de 150.000 en 2020 a 230.000 en 2024.
Este fenómeno, según Morad, subraya las deficiencias en las políticas laborales del Estado, “que permiten la proliferación de un empleo precario que no garantiza los derechos y beneficios laborales establecidos por la ley”.
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“Los contratos de prestación de servicios, como cualquier otro contrato estatal, están regidos por la anualidad del presupuesto, lo que significa que solo pueden suscribirse con una duración que vaya desde enero hasta diciembre de cada año. En la práctica, esto implica que los contratistas son designados cada año por quienes tienen a su cargo la contratación, cargos que en su mayoría corresponden a políticos o funcionarios de libre nombramiento y remoción”, indicó la experta.
Manifestó que, precisamente, este proceso convierte los contratos de prestación de servicios en una herramienta para alimentar las maquinarias políticas, generando una burocracia política que no contribuye a la estabilidad laboral.
De esta manera, añadió, esta contratación en muchos casos viola la normativa laboral y evidencia el mal uso de la prestación de servicios por parte del Estado, poniendo en evidencia que el modelo de vinculación a través de este tipo de contratación “está siendo utilizado de manera irregular, afectando directamente la calidad de vida de estos trabajadores”.
La falta de cotización a pensión de los contratistas
Uno de los desafíos más significativos que enfrentan las personas que trabajan en el sector público bajo contratos de prestación de servicios o por cuenta propia es la falta de cotización a pensión.
Según datos difundidos por Johanna Gómez, economista y docente del Departamento de Economía de la Universidad Javeriana, en el sector de la administración pública 2.190 mujeres y 2.257 hombres no cotizan a pensión.
En educación esta cifra aumenta considerablemente, con 9.203 mujeres y 5.711 hombres que no cotizan. En el sector salud, 13.144 mujeres y 4.295 hombres no están cotizando.
En total, serían 24.537 mujeres y 12.263 hombres, del total de empleados bajo esta modalidad, que no cotizan a pensión. Esto para la investigadora prende las alarmas, pues refleja una vulnerabilidad futura para una gran parte de la fuerza laboral, particularmente en sectores como la salud y la educación, donde el acceso a la pensión es esencial para garantizar una vejez digna y segura.
“Este panorama resalta la necesidad de revisar y reformar las políticas de empleo en el sector público, no solo para garantizar condiciones laborales más equitativas y justas para todos los trabajadores, sino también para asegurar que aquellos que desempeñan roles críticos en la sociedad, como los profesionales de la salud y la educación, cuenten con la estabilidad y los beneficios necesarios para realizar su labor”, comentó.
Así las cosas, la investigación pone de manifiesto la precarización laboral que genera este tipo de contratación cuando se utiliza de manera indebida, afectando la estabilidad laboral, la formalidad y la protección social de los trabajadores.
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“Aunque los particulares están también llamados a proteger y garantizar los derechos derivados del texto constitucional, el Estado tiene una responsabilidad primordial de ser un referente ético en el cumplimiento de la normativa. De lo contrario, el Estado colombiano pierde legitimidad para exigir a los empleadores particulares que garanticen de forma plena los derechos laborales de sus trabajadores o, en particular, no hagan un uso inadecuado de los contratos de prestación de servicios para encubrir verdaderas relaciones laborales”, concluyó el estudio.