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¿Quién y cómo se debe educar a los presos?

27 de junio de 2009
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La educación para las personas en detención la deben garantizar las Constituciones.

Asimismo, debe ser suministrada con recursos públicos. Y las autoridades educativas nacionales deben encargarse del proceso educativo de esa población.

Las conclusiones y recomendaciones fueron presentadas al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas por Vernor Muñoz, relator especial sobre el derecho a la educación, cuyo informe este año se centró en la población carcelaria.

Colombia, reportó, acaba de introducir un modelo educativo para el sistema penal.

Se resume en un documento del Inpec de 49 páginas, en el que se establece que la educación formal se desarrollará en cuatro ciclos lectivos especiales, cada uno con tres niveles educativos, y la media con dos ciclos, cada uno con un nivel: 10° y 11°.

Cada ciclo es semestral, con 759 horas y 23 semanas lectivas, 33 horas a la semana.

La dirección del sistema está a cargo del Inpec. Cada penal actuará como institución educativa.

En el país, cerca de 70.000 personas están recluidas en los centros carcelarios. Un informe de Viva la Ciudadanía reportó que en 2005 sólo el 23 por ciento de la población presa recibió educación. Y de 311 unviersidades, apenas 8 participan en la formación de personas privadas de la libertad.

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