Tras una larga espera, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1456 de 2024, con el que reglamenta la Ley 2158 de 2021 (Ley del Viche/Biche) y establece, así, acciones concretas para la protección, promoción y salvaguardia cultural y territorial de esta bebida tradicional del Pacífico colombiano.
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El decreto también fija condiciones para su producción y comercialización como bebida ancestral, artesanal y tradicional de las comunidades negras afrocolombianas de los cuatro departamentos del Pacífico donde se cultiva esta tradición: Chocó, Cauca, Nariño y Valle del Cauca.
Como el decreto define obligaciones para distintas entidades del orden nacional, tales como el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, lo que sigue es un trabajo de articulación interinstitucional junto con las comunidades con vocación de producción vichera, y sus delegados, con el fin de construir acciones armónicas en las que siempre se tengan en cuenta a las comunidades desde la portación de la manifestación.
“El Decreto Reglamentario permitirá que las familias de comunidades negras del Pacífico productoras de viche accedan al registro sanitario artesanal étnico para comercializarlo por fuera de sus territorios. Esto no es solo un reconocimiento a los saberes ancestrales familiares, sino que les permitirá mejorar sus condiciones de vida y salvaguardar sus tradiciones”, dijo la viceministra de los Patrimonios, las Memorias y la Gobernanza Cultural, Saia Vergara Jaime.
La necesidad de tener la Ley del Viche nació después de que la sociedad Viche del Pacífico SAS registró la marca ‘Viche del Pacífico’ en 2018. En ese momento, las comunidades manifestaron su preocupación por el aprovechamiento de esta bebida tradicional y el riesgo sobre la propiedad intelectual de la misma. Por eso, el Minculturas, con productores, transformadores y gestores culturales, implementó acciones para proteger esa manifestación.
Entre ellas, se destacan la Primera Cumbre Vichera y la Mesa Nacional del Viche en 2018; la aprobación que dio el Consejo Nacional de Patrimonio a la postulación de los ‘Saberes y tradiciones asociadas a la producción del Viche’ en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional en 2019, que además dio el aval para construir el Plan Especial de Salvaguarda (PES).
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Una vez entró en vigencia la Ley del Viche en 2021, se iniciaron acciones para su reglamentación, tales como encuentros y talleres vicheros, que inicialmente fueron insumos sustanciales para construir la Resolución Conjunta No 0113 de 2024 del Ministerio de Salud y Protección Social y el Minculturas, por medio de la cual se establecieron los requisitos sanitarios para la producción y comercialización del Viche/Biche y se dictan otras disposiciones.
Finalmente, durante el actual gobierno se planificó y estructuró el proceso de consulta previa para trabajar en el decreto que hoy es una realidad. Esta consulta se realizó en los cuatro departamentos del Pacífico colombiano, en Tumaco (Nariño), Timbiquí (Cauca), Buenaventura (Valle) y Quibdó (Chocó), con la participación de cerca de 700 productoras, productores de viche y autoridades de los respectivos Consejos Comunitarios con vocación de producción vichera.
Claves del decreto
El Decreto 1456 del 06 de diciembre de 2024 se divide en seis subcapítulos, y detalla acciones como la elaboración de un Plan Especial de Salvaguardia (PES), la creación de un portafolio de servicios, capacitaciones en propiedad intelectual, requisitos de acreditación de la calidad de productor/a vichero/a, verificación de requisitos sanitarios, fomento y promoción cultural, y certificación diferencial del precio de venta al público.
El Minculturas, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Dirección Nacional de Derecho de Autor y el Instituto Colombiano Agropecuario quedan encargados de capacitar, fomentar y promover la protección de la propiedad intelectual colectiva asociada al Viche, que está en cabeza de los productores y transformadores de las comunidades negras del Pacífico colombiano.
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Deberán estar ubicados en territorios del Pacífico Colombiano con vocación vichera (Chocó, Cauca, Nariño y Valle del Cauca), usar caña de azúcar conforme a las costumbres ancestrales de las comunidades negras de esa región; y presentar una certificación de su Consejo Comunitario o Junta Veredal, que confirme que la caña es cultivada en territorio colectivo, que la persona ha adquirido sus conocimientos de manera generacional, que el proceso de producción es artesanal, y que ha sido productor o productora tradicional de manera continua o discontinua.
Las personas o empresas que quieran producir y/o comercializar viche deben ser miembros de las comunidades negras afrocolombianas del Pacífico colombiano. Para obtener el registro sanitario deben pasar por un proceso de verificación de condiciones higiénico-sanitarias que tendrá en cuenta las características de las comunidades y de sus territorios. Así se pretende garantizar sus derechos a la igualdad, a la diversidad y a un trato preferente.
El Mincomercio, el Minculturas, el Minagricultura y el Sena deberán concertar con los productores los programas de impulso, fomento, protección y posicionamiento comercial de los productores a nivel nacional e internacional.
Habrá una lista de eventos para la promoción cultural del viche: Se realizará el intercambio de saberes de las comunidades vicheras y la comercialización de la bebida en festivales, carnavales, verbenas, fiestas, ferias, eventos religiosos, gastronómicos y eventos de divulgación masivos, fomentados y definidos por las comunidades.
La comercialización del viche tendrá un tratamiento especial. Por medio de un procedimiento anual se podrán calcular los impuestos para hacerlo, pero no se fijarán precios obligatorios para el mercado. Es decir, serán los mismos productores quienes, ante un notario, dejen constancia de la metodología para calcular el precio de su producto, y a partir de ahí el DANE calculará los impuestos.