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Tumban fallo porque un juez utilizó inteligencia artificial, inventó sentencias que no existían

El mal uso de la inteligencia artificial habría violado el debido proceso del acusado. La Corte Constitucional ya se ha pronunciado sobre el uso de estas herramientas. Conozca los detalles.

  • El fallo citaba sentencias inexistentes en la normativa colombiana vigente. Foto: Getty Images
    El fallo citaba sentencias inexistentes en la normativa colombiana vigente. Foto: Getty Images
hace 6 horas
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El Tribunal Superior de Bogotá anuló una sentencia condenatoria contra un hombre procesado por delitos sexuales luego de comprobar que la juez de primera instancia utilizó inteligencia artificial de manera irresponsable para redactar el fallo e incluyó en el texto leyes inexistentes y jurisprudencia falsa que terminó por violar el debido proceso del acusado.

El proceso penal giraba en torno a Luis Alberto Contreras Fandiño, quien había sido condenado el pasado 23 de octubre de 2025 por el Juzgado Veintiuno Penal del Circuito de Bogotá. El hombre fue hallado culpable del delito de acceso carnal con incapaz de resistir agravado, tras ser acusado de abusar sexualmente de su vecina, Yolima González Pardo, una mujer con discapacidad física que requiera silla de ruedas para movilizarse.

Lea también: El fallo hecho con IA que citó frases que no existen

A pesar de la gravedad de los hechos y de la condena de 198 meses de prisión impuesta inicialmente, el Tribunal tuvo que intervenir no por la inocencia del procesado, sino por la forma en que se escribió la decisión judicial.

Al revisar la apelación presentada por la defensa, los magistrados de la Sala Penal encontraron lo que calificaron como una irregularidad sustancial que afectaba las garantías fundamentales. Aunque el texto de la jueza parecía coherente y lógico a primera vista, una lectura detallada reveló fallas que para un experto en derecho resultaban absurdas e irreales.

La conclusión del alto tribunal fue que la funcionaria judicial delegó la motivación de la sentencia a una herramienta de inteligencia artificial sin realizar la debida supervisión humana.

El fallo anulado presentaba argumentos jurídicos sustentados en fuentes que no existen en la realidad, un fenómeno conocido técnicamente en el mundo de la inteligencia artificial como alucinaciones.

Por ejemplo, la jueza citó supuestas sentencias de la Corte Suprema de Justicia con números de radicado como el SP414-2023 o el SP1492-2022 para justificar su decisión, pero al verificar en los archivos oficiales, dichas providencias no aparecían o no correspondían al contenido citado.

La situación fue más allá de la jurisprudencia. El Tribunal evidenció que la sentencia incluía citas doctrinales de obras inexistentes atribuida a autores reconocidos. En uno de los apartados, se mencionó un supuesto libro titulado Derecho Procesal Penal Colombiano del profesor Fernando Velásquez Velásquez, texto que no hace parte de la bibliografía real del autor. También se encontraron errores en la transcripción de las leyes, como una cita equivocada del artículo 211 del Código Penal que contenía un texto ajeno a la norma vigente en Colombia.

El magistrado ponente explicó en su decisión que el problema no radica en el uso de la tecnología como apoyo, sino en la sustitución del razonamiento humano. Si bien el Consejo Superior de la Judicatura permite el uso de estas herramientas para labores administrativas o de corrección de textos, prohíbe expresamente su utilización para valorar pruebas, resolver problemas jurídicos o motivar decisiones judiciales, tareas que son indelegables del juez natural.

La Sala Penal enfatizó que la inteligencia artificial carece de la capacidad de comprensión contextual y valorativa propia de los seres humanos. Al delegar la redacción del fallo a un sistema automatizado, la juez incumplió su deber de motivar la decisión con argumentos veraces, lo que impidió que el procesado pudiera ejercer su derecho a la contradicción de manera efectiva, pues no es posible defenderse de argumentos legales que no existen en el ordenamiento jurídico.

Ante la gravedad de los hallazgos, el Tribunal Superior de Bogotá ordenó compulsar copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial para que se investigue la conducta de la Juez Veintiuno Penal del Circuito por posibles faltas disciplinarias.

La decisión advirtió con preocupación que este proceso ha sufrido múltiples aplazamientos y falta de control, lo que podría llevar a que los delitos prescriban y el caso quede en la impunidad debido al paso del tiempo.

Finalmente, el Tribunal decretó la nulidad de todo lo actuado desde la sentencia del 23 de octubre de 2025 y ordenó al despacho de origen que emita de manera inmediata una nueva decisión. Esta nueva sentencia deberá estar fundamentada en normas y jurisprudencia veraces y verificables, y tendrá que ser producto del análisis directo de la funcionaria judicial, sin delegaciones irresponsables a la inteligencia artificial.

¿Está prohibido el uso de la inteligencia artificial para proferir sentencias judiciales?

Sobre el uso de la IA en los fallos emitidos por un juez, la Corte Constitucional ha mostrado una postura desde hace un año sobre el uso de esta herramienta.

Para el alto tribunal, la inteligencia artificial sí se puede usar, pero no puede sustituir al juez. Por eso, la misma Corte ha invitado a los jueces a hacer un uso adecuado de la IA teniendo siempre presente los principios de transparencia, responsabilidad, privacidad y no sustitución de la racionalidad humana.

La Corte Suprema de Justicia, quien ya ha tenido que anular fallos por mal uso de la IA, también ha alzado su voz y ha recordado que los jueces están obligados a verificar la autenticidad y el contenido de toda cita jurídica antes de incorporarla a una providencia.

Siga leyendo: ¿Qué significa que la Corte le abra las puertas a la Inteligencia Artificial en la justicia? Esto dicen expertos

*Con información de Colprensa

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