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¿Hasta dónde puede llegar el caso que investiga el CNE y la Comisión de Acusaciones por financiación de campaña de Petro?

La abogada e investigadora de la Universidad de Georgetown, Silvia Serrano, hizo una explicación sobre si el mandatario podría ser separado del cargo si no es por condena de juez competente en proceso penal.

  • El mandatario ha recorrido el país en una gira denominada “Gobierno con los Barrios”.
    El mandatario ha recorrido el país en una gira denominada “Gobierno con los Barrios”.
09 de mayo de 2024
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No hay una respuesta sencilla para responder a la pregunta de si el jefe de Estado puede ser separado de su cargo conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Para ello es importante revisar el papel de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Este análisis cobra importancia en la medida en que el mandatario enfrenta varios cuestionamientos e irregularidades por su campaña. El Consejo Nacional Electoral (CNE) investiga a su entonces gerente, Ricardo Roa, hoy presidente de Ecopetrol.

Según Silvia Serrano, abogada e investigadora, especialista en Derechos Humanos, es necesario determinar quién es el juez natural del presidente “conforme a las disposiciones constitucionales de cada país para juzgarlo por la comisión de delitos”.


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Por eso, en el caso colombiano, por disposición de la Constitución, los procesos que enfrenta el jefe de Estado deben ser discutidos en la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes (también conocida popularmente como Comisión de absoluciones por su carácter político). En esta Comisión, Petro tiene abierto un proceso relacionado con los cuestionamientos a su campaña en 2022.

Además: Petro busca en barrios populares lo que no encuentra en el Congreso

Según Serrano, “dentro de los procesos sobre los que la Corte IDH no se ha pronunciado explícitamente, están los de pérdida de investidura o de responsabilidad política como los juicios políticos contra presidentes, que existen en muchos (por no decir todos) los países de la región”.

Caso Petro Urrego vs. Procuraduría

Precisamente, el actual mandatario, cuando fue alcalde de Bogotá, fue destituido por la Procuraduría de Alejandro Ordóñez. Un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos cobijó los derechos del exalcalde e impuso al Estado colombiano un fallo para resolver las competencias en el caso de gobernantes elegidos popularmente y que no podrían ser destituidos por el Ministerio Público en tanto afecta a derechos políticos que no son de su competencia.

Además, el Consejo de Estado declaró la nulidad de la sanción de destitución e inhabilidad que le impuso la Procuraduría a Petro.

La abogada e investigadora señala no estar de acuerdo “con eliminar las potestades de entes administrativos como la Procuraduría de destituir e inhabilitar a funcionarios de elección popular. El Estado sigue en deuda de cumplir el fallo de la Corte IDH”.

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