Desde el sábado pasado, los colombianos somos potenciales donantes de órganos. Esto quiere decir que, si usted no manifiesta su inconformidad, en clínicas y hospitales certificados pueden disponer de sus órganos y tejidos cuando fallezca.
Así quedo establecido en la Ley 1805 de 2016, que tiene como propósito aliviar el déficit de órganos que hay en el país. Teniendo en cuenta el subregistro, el Instituto Nacional de Salud calcula que 50.000 personas pueden estar necesitando un órgano o un tejido. Estas han sido las dudas más frecuentes que ha respondido el INS frente a la nueva Ley.
¿Qué deben hacer las personas que no quieren ser donantes de órganos?
Tienen dos opciones. Hacer una declaración ante un notario público señalando que no quiere...