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Corte Suprema deja en firme condena contra el coronel (r) Edilberto Sánchez

El alto tribunal fijo la sentencia por el delito de desaparición forzada durante la retoma al Palacio de Justicia.

  • Dejan firma condena contra militares por la toma del Palacio de Justicia FOTO: Cortesía
    Dejan firma condena contra militares por la toma del Palacio de Justicia FOTO: Cortesía
16 de marzo de 2023
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema dejó en firme una condena de 40 años contra un coronel y cuatro uniformados del Ejército Nacional por el delito de desaparación forzada por hechos ocurridos en la retoma al Palacio de Justicia.

Se trata del coronel Edilberto Sánchez Rubiano y los uniformados Óscar William Vásquez Rodríguez, Antonio Rubay Jiménez Gómez, Luis Fernando Nieto Velandia y Ferney Ulmardín Causayá Peña. Su sentencia fue proferida el pasado 13 de octubre de 2021 por el Tribunal Superior de Bogotá.

Con esta decisión se agota la última instancia, por lo tanto, se debe cumplir con la sentencia por el delito de desaparición forzada agravada.

Todo se resume en que durante la operación de la retoma al Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985, la edificación conocida como La Casa del Florero fue utilizada como un puesto de mando donde trasladaban a los que salían del Palacio para determinar si dejarlos libres o no.

El expediente da cuenta de que algunos hoy desaparecidos estuvieron bajo el control del Ejército Nacional quienes “obviando el obligado registro de su ingreso a esa locación, eran conducidos al segundo piso, en el cual fue instalada un área especial destinada a intensificar los interrogatorios de los «sospechosos», quienes, sometidos a un trato hostil, fueron objeto de una de estas dos decisiones: permitir su salida de la Casa del Florero, tras verificarse que se trataba de personas ajenas a los insurgentes y, por consiguiente, sin ninguna responsabilidad en la toma del Palacio de Justicia, o disponer el desplazamiento a guarniciones militares o de policía para darle continuidad a los interrogatorios”.

Por otra parte, los que eran catalogados como insurgentes los retenían y “de inmediato sustraídos del conocimiento público o de sus familiares, pues, no se les registró como ingresados y después de abandonar la Casa del Florero, bajo la férula de disposición y dominio de las Fuerzas Militares, jamás retornaron ni se supo su suerte”, entre ellos Irma Franco Pineda, Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Beltrán Hernández, dicta el fallo.

Esas tres personas salieron con vida del Palacio de Justicia y “quedaron bajo el control del Ejército Nacional, lo que, acorde con la realidad procesal, descarta la existencia de algún medio suasorio capaz de demostrar la aparición de sus cadáveres, evento que, de comprobarse, no se erige como un suceso que, necesariamente, desdibuje la materialidad de la conducta punible”.

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