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¿Los Consejos de Ministros televisados de Petro son abuso con el televidente y la ley?

Más allá del impacto mediático y la expectación generada por los Consejos de Ministros transmitidos por televisión nacional, políticos y ciudadanos cuestionan hasta qué punto el presidente puede utilizar los canales públicos y privados para sus intervenciones, pues estos espacios no son alocuciones.

  • El presidente, Gustavo Petro y su gabinete en el segundo Consejo de Ministros televisado. Foto: captura de pantalla.
    El presidente, Gustavo Petro y su gabinete en el segundo Consejo de Ministros televisado. Foto: captura de pantalla.
04 de marzo de 2025
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Nada había alcanzado un rating similar en la televisión nacional como el primer Consejo de Ministros del Gobierno de Gustavo Petro, transmitido el 4 de febrero. La audiencia marcó un récord, impulsada por el contenido de la transmisión: un espectáculo mediático del que el Ejecutivo aún se está recuperando.

Las expectativas quedaron por los aires. Los colombianos no chistaron; al contrario, en esa oportunidad, celebraron que se hiciera pública una reunión que, en principio, debería haber sido reservada, ya que se trataban temas clave sobre la gestión del país. El espacio se convirtió en una especie de catarsis entre los propios ministros, lo que, horas después, derivó en una implosión dentro del Gobierno, con la salida de varios funcionarios.

Le puede interesar: “Recuperar la frontera”, la ausencia de Francia Márquez y más promesas para el Catatumbo en el segundo Consejo de Ministros televisado

Tres semanas después, vino el segundo Consejo de Ministros televisado. Aunque transcurrió con relativa calma, el descontento por la interrupción de la programación habitual en los canales públicos y privados se convirtió en el detonante de un cuestionamiento generalizado hacia el presidente sobre el uso de estos medios. ¿Hasta qué punto el jefe de Estado puede tomarse por varias horas la televisión nacional?

Críticas de la oposición y acción legal

“De nuevo Petro se metió abruptamente en el hogar de los colombianos interrumpiendo los noticieros. Igualito a Chávez y a Maduro. Ahí están sentados los mismos funcionarios que entre ellos se odian y se denuncian”, escribió en sus redes sociales la precandidata presidencial, Vicky Dávila.

La oposición, por su parte, ha expresado de manera insistente su preocupación por el uso excesivo de la figura de la alocución por parte del presidente. En consecuencia, este mismo martes interpusieron una acción de cumplimiento para que se abstenga de transmitir este tipo de espacios, debido a su naturaleza confidencial.

El recurso fue radicado por la senadora, María Fernanda Cabal, contra el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) por supuestamente violar la Ley 63 de 1923, que establece que las sesiones de Consejo de Ministros “son absolutamente reservadas”.

“Esto no es una dictadura y Petro no puede hacer lo que le viene en gana con sus ‘alocuciones’ interminables. Aquí ni Petro ni sus funcionarios están por encima de la Constitución y la ley”, manifestó la congresista.

La parlamentaria respaldó su reclamo en un fallo de la Corte Constitucional que fija limites a este figura y que señala que las alocuciones únicamente podrán hacerse de manera personal, es decir únicamente el mandatario y en casos urgentes de interés público relacionado con el ejercicio de sus funciones.

“Petro no puede hacer alocuciones cuando le venga en gana y sin término de tiempo. La Sentencia C-1172/01 dejó claro que esas intervenciones deben ser personales y sobre asuntos URGENTES, no para un show de Ministros. Aquí se viola el derecho fundamental a la información”, añadió Cabal.

En la práctica, según expertos, el presidente no estaría incurriendo en una violación a la ley, ya que fundamenta las transmisiones en la figura de la alocución. Sin embargo, el problema radica en que esta norma, vigente desde hace más de 30 años, es ambigua y no establece límites claros, lo que deja espacio para interpretaciones que generan controversia sobre su aplicación en el contexto actual.

“La ley que autoriza las alocuciones es una ley vieja, no se ha actualizado, no tienen en cuenta las redes sociales, pero que no es un derecho ilimitado. Tiene que ser para comunicar asuntos de relevancia pública”, dijo Fabio Pulido, docente de la Universidad de la Sabana a W Radio.

En contraste, para el mandatario se trata de un ejercicio democrático y de transparencia, interpretando la alocución como un instrumento para reforzar los mensajes del Gobierno que considera cruciales, utilizando un medio masivo como la televisión.

“Odian la democracia y la transparencia”, respondió el mandatario a los reclamos de Cabal por los televisados Consejos.

Siga leyendo: ¿Qué tan viables son las promesas para el Catatumbo que Petro hizo en el segundo Consejo de Ministros televisado?

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