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“No se ha visto justicia”, dice familiar de Dilan Cruz tras dos años de su muerte

  • Dilan Cruz murió en un procedimiento policial en Bogotá, durante las protestas nacionales de noviembre del 2019. FOTO COLPRENSA
    Dilan Cruz murió en un procedimiento policial en Bogotá, durante las protestas nacionales de noviembre del 2019. FOTO COLPRENSA
22 de noviembre de 2021
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El sábado 23 de noviembre de 2019, Dilan Cruz, un joven de 18 años, se movilizaba por las calles del centro de Bogotá, en el marco de unas agitadas jornadas de protesta social que se llevaban a cabo en el país. A la altura de la carrera 4 con calle 19 fue impactado en la cabeza por un proyectil de un arma de baja letalidad, en medio de un procedimiento del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).

Tras ser trasladado al hospital San Ignacio, el joven falleció el 25 de noviembre. Después de eso se convirtió en una bandera de la lucha social en Colombia y símbolo de las personas que piden que cesen los casos de abuso policial.

Ad portas de cumplirse dos años de la muerte del estudiante, su hermana Denis Cruz aseguró a través de su cuenta de Twitter que, como familia, no han visto justicia en el caso. “Hoy hace dos años mataron a mi hermano Dilan y esta es la hora en la que no se ha visto una sola gota de justicia por el asesinato de él, ni una, nada”, escribió.

Por este hecho es investigado el capitán de la Policía Manuel Cubillos Rodríguez. Luego de varios procesos judiciales, el pasado 18 de junio la Corte Constitucional resolvió favorablemente y por unanimidad una tutela presentada por los familiares del joven, quienes pedían que el caso fuera investigado por la Fiscalía General, es decir, por la justicia ordinaria y no por la Justicia Penal Militar.

La decisión fue contraria a lo que había establecido la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que estimó que, según las declaraciones de algunos uniformados, varios manifestantes estaban lanzando objetos contundentes contra los miembros del Esmad, por lo que la utilización del arma por parte del oficial habría tenido lugar en el contexto de una manifestación que se tornó violenta y requirió el empleo de la fuerza. De este modo, concluyó que la conducta investigada guardaba relación con el servicio.

En las consideraciones, la Corte reiteró que el juez natural es una garantía del debido proceso, no solo para el investigado sino también para las víctimas, a quienes debe garantizarles el acceso a un recurso judicial efectivo.

“La jurisdicción natural en el específico ámbito del derecho penal es la ordinaria, a la cual corresponde investigar, conocer y decidir todos los asuntos que no estén atribuidos expresamente por la Constitución o la ley a otra jurisdicción. En este sentido, recordó que la competencia de otras jurisdicciones y, en particular, de la Justicia Penal Militar, es restringida y excepcional”, señaló la magistrada Diana Fajardo, quien fue ponente del caso.

Los ires y venires del cambio de jurisdicción en la justicia, no han permitido que se tome una determinación de fondo en relación al expediente.

Entre tanto, el uniformado también está bajo investigación de la Procuraduría desde noviembre de 2019. No obstante, ha querido desestimar las pesquisas en su contra denunciando que el Ministerio Público ha vulnerado sus derechos fundamentales a la defensa, petición y debido proceso.

En noviembre de 2020 el Juzgado 8 penal para Adolescentes de Bogotá le negó la tutela y en febrero de este año el Tribunal Superior de Bogotá confirmó esa decisión.

En su momento, la decisión fue celebrada por los familiares de Dilan Cruz, al considerarla como una luz de esperanza para esclarecer el caso y lograr verdad y justicia.

Sin embargo, los dolientes reclaman que se emitan decisiones de fondo. Esto es que el fiscal delegado defina una imputación de cargos contra el capitán del Esmad y que se defina una sanción de tipo disciplinario, teniendo en cuenta el hecho de que el uniformado sigue siendo un agente activo.

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