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En casos de extinción de dominio, Corte protege a terceros

  • La Corte Constitucional, que sesiona de manera virtual por la covid-19, protegió los derechos de terceros de buena fe. FOTO COLPRENSA
    La Corte Constitucional, que sesiona de manera virtual por la covid-19, protegió los derechos de terceros de buena fe. FOTO COLPRENSA
22 de agosto de 2020
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La Corte Constitucional declaró exequible, de manera condicionada, un artículo de la Ley de Extinción de Dominio según el cual, en determinadas circunstancias, se podría extinguir el dominio de bienes de origen lícito.

Si bien la Corte determinó que esa es una posibilidad ajustada a la Constitución, cuando no es posible dentro del proceso perseguir otros bienes que tengan origen ilícito, aclaró que solo se puede acudir a ella con dos condiciones: que su titular sea el mismo de los bienes cuyo dominio se pretendía extinguir y si no se perjudican los derechos de terceros de buena fe exenta de culpa.

De acuerdo con la Corte, no se puede afectar a un tercero por un negocio que haya celebrado de manera legal ni se le puede exigir al ciudadano que indague la historia del bien que está adquiriendo ni sobre las condiciones de la persona que se lo está transfiriendo. Si el propio Estado no ha podido establecer el origen ilícito de un bien, no tiene por qué pedírsele a un ciudadano que ha actuado de buena fe que lo haga.

De acuerdo con Mauricio Pava, socio de la firma MPA Abogados, Mauricio Pava, que presentó la demanda, la decisión va a ser muy útil para proteger a los ciudadanos de buena fe y para darles seguridad jurídica a todas las personas que adquieran bienes.

“Pedíamos que se les diera seguridad jurídica a todos los ciudadanos que de buena fe habían adquirido o financiado predios. Nos dieron la razón y hoy los bancos, las constructoras, y las personas del común tienen seguridad jurídica para emprender proyectos inmobiliarios, en un momento en que tanto lo necesita el país para reactivar la economía”, aseguró el abogado.

Según Pava, por esta falta de definición, muchas personas terminaron con sus bienes expropiados solo porque no tenían cómo conocer los antecedentes de todas las personas que aparecían en los registros de los certificados de tradición y libertad. En algunas zonas del país las grandes empresas se abstenían de financiar proyectos por temor a esa situación.

“Los ciudadanos no tenían ninguna autoridad a la cual acudir para solicitar que les certificaran si podían o no hacer un negocio”, comento.

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