viernes
7 y 9
7 y 9
Un nuevo intento porque el aborto no sea un delito inició su recorrido en los estrados judiciales del país. Una demanda de inconstitucionalidad presentada por el movimiento Causa Justa –conformado por 90 organizaciones y 134 activistas– que busca que se elimine este delito del Código Penal fue admitida para su estudio por la Corte Constitucional.
El artículo 122 del código señala que “la mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de 16 a 54 meses”, es decir, desde 1 año y 4 meses hasta 5 años y 6 meses.
Para Causa Justa, “esta demanda evidencia que el usar el derecho penal para regular el aborto es la principal barrera estructural para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en las causales autorizadas”, que fueron reconocidas desde 2006 y son en caso de que la mujer quede en embarazo por culpa de una violación, que exista una grave malformación del feto que haga inviable su vida o cuando existe peligro para la salud física o mental de la mujer.
Entre los argumentos utilizados por Causa Justa para sustentar su demanda de inconstitucionalidad, están “cifras y estudios sobre las nuevas realidades entre las que se incluyen la afectación del personal de salud y las barreras de acceso a la IVE para las mujeres migrantes en el contexto de migración masiva que vive en el país”.
También indicó que la “Fiscalía siguió abriendo procesos penales contra las más jóvenes, las que viven en la ruralidad y las que son víctimas de violencia intrafamiliar y otros tipos de violencia”.
Sin embargo, el camino por recorrer aún es largo, más teniendo en cuenta que en marzo de este año la Corte Constitucional se abstuvo de debatir la despenalización del aborto en Colombia. En esa ocasión, el Alto Tribunal revisó una ponencia que proponía legalizar el aborto durante las primeras 16 semanas de gestación.
Aunque las expectativas por esa discusión fueron altas, la Corte señaló, en ese momento, que “la ausencia de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad formulados en contra del artículo 122 del Código Penal, condujo a que la Corte se inhibiera de proferir una decisión de fondo”.