El Consejo de Estado anuló la resolución con la que el Consejo Nacional Electoral (CNE) había reconocido la personería jurídica del movimiento político Dignidad Liberal, creado por el exministro Rodrigo Lara Bonilla y reactivado por su hijo, Rodrigo Lara Restrepo, en 2024.
La decisión fue adoptada por la Sección Quinta, con ponencia del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, en sentencia del 30 de octubre, luego de analizar las demandas que señalaban que el CNE aplicó de manera errónea el precedente judicial sobre violencia política.
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Según el fallo, el CNE incurrió en falsa motivación al sustentar su decisión en un hecho ocurrido en 1984 —el asesinato del entonces ministro de Justicia— sin que se demostrara que ese crimen hubiera impedido la participación política del movimiento.
“No se demostraron situaciones –realmente excepcionales– que imposibilitaran la actividad proselitista de esta agrupación política (...) ni se probó una incapacidad real de participación política”, señaló el Consejo de Estado.
El tribunal explicó que la falsa motivación se configura cuando los hechos que respaldan un acto administrativo no corresponden con la realidad probada. En este caso, aunque el homicidio de Lara Bonilla fue un hecho trágico y de alto impacto nacional, el Consejo de Estado concluyó que no tuvo relación directa con la participación electoral de Dignidad Liberal, por lo que no podía usarse como fundamento para otorgarle personería jurídica.
Además, la Sala recordó que, conforme a la Sentencia SU-257 de 2021 de la Corte Constitucional, los hechos de violencia política que pueden servir de base para el reconocimiento de personerías deben haber ocurrido a partir de 1988, año en que comenzó la apertura democrática con la elección popular de alcaldes.
“El magnicidio ocurrido en 1984 demuestra que tal episodio superó la línea temporal fijada por la Corte Constitucional”, precisó el fallo.
¿Por qué el CNE otorgó la personería en un primer momento?
El Consejo Nacional Electoral había aprobado el reconocimiento en julio de 2024, argumentando que el asesinato de Lara Bonilla fue un ataque contra los principios democráticos que defendía Dignidad Liberal.
En su resolución, el CNE afirmó que la muerte del exministro —declarada delito de lesa humanidad por la Fiscalía en 2012— “limitó injustificadamente el derecho de participación” de sus seguidores y que la colectividad desapareció a causa de la violencia del narcotráfico. Sin embargo, el Consejo de Estado determinó que esa interpretación no tenía sustento histórico ni jurídico.
De acuerdo con las pruebas del expediente, Lara Bonilla fundó Dignidad Liberal como una tendencia dentro del Partido Liberal, pero en 1979 se integró al Nuevo Liberalismo, movimiento con el que sí desarrolló su actividad política junto a Luis Carlos Galán.
Por esa razón, la Sala determinó que la violencia dirigida contra el Nuevo Liberalismo no podía trasladarse automáticamente a Dignidad Liberal, ya que esta nunca tuvo personería ni actuación electoral propia.
El fallo anuló la Resolución 03771 del 17 de julio de 2024, pero moduló sus efectos hacia el futuro (ex nunc), lo que significa que los avales y actuaciones realizadas mientras el partido estuvo vigente conservarán validez legal.
En la práctica, la decisión implica que Dignidad Liberal pierde su personería jurídica en adelante, aunque las candidaturas avaladas por la colectividad no se verán afectadas.
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