La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al representante a la Cámara Pedro José Suárez Vacca por el delito de prevaricato por acción agravado, al establecer que cuando ejercía como juez concedió y mantuvo un beneficio judicial que la ley prohibía.
Según informó el alto tribunal, el congresista fue hallado responsable de actuar de manera contraria a la ley mientras se desempeñó como juez quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, Boyacá, entre 2008 y 2009.
La sentencia le impuso una pena de 68 meses y 24 días de prisión, una multa equivalente a casi 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes y una inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante 110 meses y 11 días.
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Además, la Corte negó tanto la suspensión condicional de la pena como el beneficio de prisión domiciliaria, por lo que ordenó librar la captura una vez la decisión quede ejecutada.
De acuerdo con la investigación, Suárez Vacca concedió inicialmente y luego mantuvo el beneficio de prisión domiciliaria a un hombre condenado por tráfico agravado de estupefacientes y secuestro simple. Sin embargo, la Ley 750 de 2002 prohibía expresamente otorgar ese beneficio a personas condenadas por secuestro, por lo que la decisión fue considerada contraria al ordenamiento jurídico.
La Sala concluyó que el entonces juez omitió revisar los antecedentes penales del condenado cuando concedió el beneficio en enero de 2008. Posteriormente, en septiembre de 2009, pese a que ya conocía la condena por secuestro simple, decidió mantener la prisión domiciliaria. Para los magistrados, estas actuaciones hicieron parte de una misma conducta continuada y no de errores aislados.
En la sentencia, la Corte también descartó el argumento de la defensa, que atribuyó las decisiones a la carga laboral del despacho y a la práctica de delegar la elaboración de proyectos de providencias en otros funcionarios. El alto tribunal sostuvo que esas explicaciones no justifican apartarse de la ley ni eximen de responsabilidad al funcionario que firma las decisiones judiciales.
Como medida adicional de reparación, el fallo ordenó que el condenado publique, por una única vez y con sus propios recursos, un resumen de la sentencia acompañado de un escrito de excusas públicas dirigido a la Rama Judicial, al Estado colombiano y a la sociedad.
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La decisión aún no es definitiva. Contra la sentencia procede el recurso de apelación ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. El fallo, además, contó con un salvamento parcial de voto por parte de uno de los magistrados que integraron la Sala.
¿Qué revelaba el expediente?
EL COLOMBIANO conoció durante la etapa de juzgamiento parte del expediente que sirvió de base para el proceso contra Pedro José Suárez Vacca.
En ese momento, la resolución de acusación de la Sala Especial de Instrucción sostenía que las decisiones judiciales que favorecieron al condenado Lelio Nevardo Ávila Santana podrían haber obedecido a un supuesto “ánimo corrupto”, bajo la hipótesis de que el entonces juez habría recibido 35 millones de pesos para concederle el beneficio de prisión domiciliaria.
Entre los elementos probatorios analizados por la Corte figuraban el testimonio de John Carlos Mancipe Puerto, considerado el principal testigo de la acusación, una carta manuscrita atribuida a Suárez Vacca con la expresión “no dar papaya” y un peritaje grafológico sobre ese documento.
Además, el expediente examinaba dos providencias firmadas por el entonces juez, mediante las cuales concedió y posteriormente mantuvo la prisión domiciliaria a un condenado por secuestro, pese a las restricciones establecidas en la ley.
Sin embargo, durante el juicio el hoy congresista negó haber recibido dinero y calificó las acusaciones como un montaje. Su defensa sostuvo que nunca existieron sobornos, cuestionó la credibilidad del principal testigo y argumentó que las decisiones judiciales obedecieron a interpretaciones jurídicas y no a un acuerdo ilícito.
En la sentencia conocida este viernes, la Corte Suprema concluyó que existió prevaricato por acción agravado, al considerar que el entonces juez se apartó deliberadamente de la ley al conceder y mantener un beneficio que era improcedente. El comunicado del alto tribunal no hace referencia a una condena por cohecho ni a la existencia de pagos ilegales.
Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Por qué fue condenado Pedro José Suárez Vacca?
- Fue condenado por el delito de prevaricato por acción agravado, debido a que concedió y mantuvo un beneficio de prisión domiciliaria que la ley prohibía para un condenado por secuestro simple.
- ¿Qué pena impuso la Corte Suprema al representante Pedro José Suárez Vacca?
- La Corte le impuso 68 meses y 24 días de prisión, una multa cercana a 100 salarios mínimos e inhabilidad para ejercer funciones públicas durante 110 meses y 11 días.
- ¿Qué hizo Pedro José Suárez Vacca cuando era juez en Boyacá?
- Cuando fue Juez Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, otorgó y mantuvo la prisión domiciliaria a un condenado que legalmente no podía acceder a ese beneficio.