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Lo que viene para Gaviria y para la Gobernación tras nueva detención

El gobernador fue de nuevo privado de su libertad por el mismo proceso de 2020. Suárez fue encargado.

  • La Fiscalía optó por proceder con la acusación ante la Corte Suprema, por lo que iniciará el juicio ante el tribunal, que es el juez de los aforados. FOTO juan antonio sánchez
    La Fiscalía optó por proceder con la acusación ante la Corte Suprema, por lo que iniciará el juicio ante el tribunal, que es el juez de los aforados. FOTO juan antonio sánchez
04 de marzo de 2021
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Pasado el mediodía y cuando se encontraba en su escritorio en el piso 12 de la Gobernación, agentes del CTI de la Fiscalía irrumpieron en el despacho de Aníbal Gaviria Correa para concretar una segunda medida de aseguramiento en su contra en menos de nueve meses.

Durante un minuto y 46 segundos le explicaron su condición y le leyeron sus derechos, luego de la acusación presentada por Jorge Hernán Díaz Soto, fiscal Primero Delegado ante la Corte Suprema de Justicia como presunto coautor de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.

El proceso y los hechos en cuestión son los mismos que originaron la primera medida de aseguramiento contra Gaviria el 5 de junio de 2020 y su suspensión durante cuatro meses. Se trata del contrato para la construcción de la Troncal de la Paz, tramo la Cruzada (Remedios)-Caucasia, vía que conecta a las subregiones del Nordeste y el Bajo Cauca, firmado el 22 de diciembre de 2005, durante su primer periodo como gobernador.

Según el ente acusador, el material probatorio da cuenta de posibles anomalías en la firma de dicho contrato (2005-CO-20-335), de dos otrosí y de la probable apropiación en favor de terceros de recursos del anticipo, hechos, que a su entender, justifican la medida de detención preventiva sin beneficio de libertad, sustituida por detención domiciliaria.

Proceso largo

El contrato que originó la investigación fue suscrito con el proponente Consorcio Troncal de la Paz, integrado por Carlos Alberto y Luis Héctor Solarte Solarte, por $41.663 millones y un plazo de 26 meses. El 8 de noviembre de 2007 se firmó una adición al contrato para pavimentar 1,6 kilómetros en los sectores Zaragoza-Escarralao y Caucasia-Nuevo Oriente, por $3.995 millones.

Cuatro días antes de que Gaviria saliera de la Gobernación, el 27 de diciembre de 2007, se pactó un otrosí por $16.334 millones para el diseño y la construcción del puente sobre el río Nechí, en el sitio Palizadas, para conectar la cabecera de El Bagre con la Troncal de la Paz.

Con las dos adiciones, que sumaron $20.329 millones, el contrato 2005-CO-20-335 terminó costando $61.993 millones. El puente fue inaugurado el 10 de octubre de 2010 y la resolución de liquidación del contrato se expidió el 20 de diciembre de 2011.

Ahora bien, mediante un oficio del 4 de octubre de 2011, la Contraloría General de Antioquia hizo traslado a la Dirección Seccional de Fiscalías de Medellín de un hallazgo con incidencia penal dentro de una auditoría realizada al contrato 2005- CO-20-335, en el que aseguró que “se evidenció que dicho otrosí 2 se encuentra fuera del alcance del objeto del contrato, modificándolo ostensiblemente”.

El proceso estuvo quieto siete años, hasta que la Fiscalía abrió una investigación previa el 2 de noviembre de 2018, disponiendo la práctica de pruebas. Cabe apuntar que el proceso contra el gobernador está regido por el anterior Código de Procedimiento Penal (Ley 600 de 2000) o sistema inquisitivo. Ahora rige la Ley 906, o sistema acusatorio.

Bajo ese entendido, la Fiscalía abrió la etapa de instrucción el 5 de noviembre de 2019, fase en la cual le corresponde dirigir y realizar la investigación. En esta etapa investigativa se practicaron varias pruebas: diligencias de inspección en la Procuraduría, la Contraloría, la Gobernación y el Consorcio Troncal de la Paz, y se realizó la indagatoria a Gaviria el 16 de abril de 2020.

El 5 de junio pasado fue resuelta la situación jurídica del gobernador con la imposición de la primera medida de aseguramiento privativa de la libertad, sustituida por detención domiciliaria, cuya legalidad fue declarada por la Corte Suprema de Justicia el 15 de julio pasado.

Finalmente, el 16 de octubre, el Tribunal Superior de Medellín concedió un habeas corpus en favor de Gaviria Correa, ordenando su libertad inmediata. Sin embargo, estaba pendiente que la Fiscalía calificara el mérito de esta etapa de instrucción, decisión conocida ayer con la acusación, hecho con el que comienza la segunda etapa del proceso: el juicio. Contra esta decisión procede el recurso de reposición.

El juicio comenzará ante la Corte Suprema, juez natural de los aforados, que incluye a los gobernadores (artículo 235 de la Constitución Política). El juicio tiene a su vez etapa probatoria, de alegatos jurídicos y, finalmente, se da el fallo: absuelve o condena fijando, en este último caso, el monto de la pena. En todo caso, habrá una segunda instancia ante la Sala Plena de ese mismo tribunal.

El expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, explicó que el gobernador ahora deberá defenderse para justificar su posición “en el contrato en el que han querido ver un hecho ilícito”.

“Lo que uno no entiende es lo irracional de la medida de aseguramiento, no hay necesidad, es un hecho de hace varios años, el gobernador no se va a volar y la prueba ya está recogida. Perfectamente esta etapa de juicio podía ventilarse sin necesidad de que el gobernador estuviera detenido, lo podía hacer en libertad”, opinó Arrubla.

Reproches y explicaciones

Para el fiscal del caso, el gobernador era el representante legal del departamento, el ordenador del gasto y, aún cuando hubiese delegado la función de contratar, debía ejercer la vigilancia, coordinación y control de la delegación.

Los cuestionamientos del ente en el escrito de acusación son cuatro y añadimos la respuesta entregada por la defensa de Gaviria Correa el 9 de junio de 2020:

(1) Dijo el ente que la licitación fijó un anticipo del 25% del valor básico del contrato; sin embargo, en la firma del contrato, el 22 de diciembre de 2005, se aumentó a 29%. Para el fiscal instructor la variación “no tendría justificación técnica” y correspondería a “una modificación caprichosa”.

Gaviria respondió: “que en el contrato se pacte pagar un anticipo superior en un 4 % a lo dicho en los pliegos no es delito, ni es irregular, pues en el documento se pueden hacer modificaciones no sustanciales a lo dicho en los pliegos”.

(2 y 3) Señaló la Fiscalía que hay indicios de probables anomalías en el trámite y celebración del contrato adicional (la adición de $3.995 millones). “Las verificaciones evidenciaron que dicha adición no contaba con soportes técnicos”.

Asimismo, argumentó que en la suscripción del otrosí 2 (el del puente sobre el río Nechí) contempló una obra que no era complementaria ni tendría relación con el proyecto base, “por lo que debió contratarse previo el agotamiento de un proceso distinto de selección objetiva”.

La defensa del mandatario contestó: “La ley señala que los contratos se pueden adicionar hasta en un 50 %; las adiciones realizadas no superaron este porcentaje. Con las dos adiciones se logró conectar los municipios de Zaragoza y El Bagre con la Troncal de la Paz. Estas dos adiciones que, repito, considero ajustadas a la ley, pertinentes y necesarias, tampoco las firmé, pues por competencia es una función que cumple la Secretaría de Infraestructura Física”.

(4) Acotó el fiscal del caso que antes de pagarse los recursos del anticipo, se permitió que una suma superior a $5.000 millones fuera destinada por el contratista para la adquisición de maquinaria, “aún cuando la disposición en obra de equipo suficiente y necesario fue uno de los requisitos de la licitación”.

Gaviria explicó: “es cotidiano que los contratistas compren maquinaria con el anticipo para ejecutar la obra. En esto no hay ninguna irregularidad y menos de carácter penal. El contratista amortizó 100 % del anticipo según lo previsto en el contrato y en la ley. Además, la supervisión de la buena ejecución del anticipo la realizó la interventoría y en este tipo de actuaciones los gobernadores no participan”.

Encargo a Suárez

Tal como ocurrió con la primera detención, el Gobierno Nacional definió la vacacancia temporal. El ministro del Interior, Daniel Palacio Martínez, suspendió anoche a Gaviria Correa, conforme fue solicitado por la Fiscalía (Decreto 237 de 2021).

Esa suspensión provisional en el desempeño de funciones dentro de un proceso penal es considerada como una falta temporal, (artículo 99 de la Ley 136 de 1994).

Para suplir esa suspensión, se encargó como gobernador a Luis Fernando Suárez, actual secretario Regional y Sectorial de Seguridad Humana, mientras se designa gobernador por el procedimiento de terna.

Suárez, quien ya fue gobernador (e) durante los cuatro meses de suspensión de Gaviria en 2020, deberá adelantar su gestión de acuerdo con el programa del mandatario elegido por voto popular y quedará sujeto a la ley del voto programático, tal como lo define la Constitución.

Al cierre de esta edición se estaba a la espera de la reacción de Gaviria Correa

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