Un nuevo desenlace tuvo la polémica desatada por la inspección relámpago de la Superintendencia de Salud a la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA), con el reciente fallo que ordena al organismo suspender dicha auditoría y rectificar información.
La inspección fue autorizada por el directivo de Supersalud, Juan David Duque, exsecretario privado de la Alcaldía de Daniel Quintero y actual director de esa entidad.
Duque fue destituido por el Concejo después de que no diera respuestas por el escándalo de los fondos fijos de la Alcaldía, en un debate liderado por el hermano de quien hasta hace 15 días gerenció la FLA.
La decisión judicial, proferida luego de una acción interpuesta por la gerente general (e) de la FLA, Martha Patricia Correa Taborda, concedió el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, la honra y el buen nombre a la compañía.
En la tutela, la empresa advirtió una posible extralimitación de funciones de la Superintendencia de Salud. Como medida urgente solicitó que se suspendan provisionalmente todas las actuaciones adelantadas por la entidad.
La disputa se originó cuando la Supersalud anunció una auditoría integral a la FLA para revisar la forma como la empresa administra los recursos provenientes del monopolio rentístico de los licores, dineros que por ley están destinados a financiar el sistema de salud. Desde entonces, Daniel Quintero ha cuestionado públicamente diferentes decisiones administrativas adoptadas por la empresa.
El fallo ordena a la Superintendencia Nacional de Salud suspender de manera transitoria los efectos y la ejecución de la orden de inspección emitida mediante el Auto No. 2026590000001332-7 del 22 de junio de 2026.
Uno de los puntos más destacados de la sentencia, fue la protección al derecho al buen nombre de la licorera. Es así como, el juez ordenó a la Superintendencia que, en un plazo máximo de 48 horas, proceda a eliminar, rectificar o corregir una publicación realizada el pasado 30 de junio de 2026 en la red social “X” (antes Twitter) y otros canales oficiales
Esteban Ramos, quien era el gerente de la empresa cuando fue ordenada la inspección, celebró la decisión, y dijo que con esta se protege a la empresa más querida de los antioqueños.
“La justicia nos dio la razón. En fallo de tutela, un juez ordenó la Supersalud, en cabeza de Quintero, suspender la inspección adelantada que se hacía a la FLA. Igualmente, ordenó dicha entidad rectificar la información difundida según la cual la empresa se había opuesto a la realización de dicha auditoría, protegiendo así su buen nombre y la honra”, enfatizó Ramos.
Esta suspensión tendrá una vigencia de treinta (30) días calendario, término durante el cual la FLA deberá acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para solicitar las medidas cautelares pertinentes.
La decisión establece que las partes tienen un término de tres (3) días hábiles para impugnar el fallo. Pese a la posibilidad de impugnación, la orden judicial es de cumplimiento inmediato, y en caso de no ser impugnado, el expediente será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
“Hasta el último día de nuestra gestión, siempre con la convicción de defender la legalidad, la institucionalidad y el patrimonio público”, concluyó Ramos.
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Preguntas y respuestas:
- ¿Qué resolvió la justicia a favor de la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA) y qué derechos le fueron amparados?
- El juez falló a favor de la acción de tutela interpuesta por la gerencia de la FLA al considerar que hubo una extralimitación de funciones por parte de la Superintendencia de Salud. En consecuencia, amparó los derechos al debido proceso administrativo, la honra y el buen nombre de la licorera, ordenando la suspensión transitoria de la orden de inspección que se adelantaba contra la empresa.
- ¿Cuáles fueron los dos motivos principales que desencadenaron la controversia entre la Supersalud y la FLA?
- La disputa se originó por dos razones: La Supersalud ordenó inspeccionar a la FLA para revisar el manejo de los recursos del monopolio rentístico de licores, destinados por ley a financiar la salud. Difusión de información falsa: La entidad de control publicó en redes sociales y canales oficiales que la FLA se había opuesto a la auditoría, lo que afectó su reputación. Debido a esto, el fallo ordenó a la Supersalud eliminar o rectificar dicha publicación en un plazo máximo de 48 horas.
- ¿Durante cuánto tiempo aplica esta suspensión y qué acciones legales deberá tomar la FLA a partir de ahora?
- La suspensión de la inspección tiene una vigencia de 30 días calendario. Durante este periodo, la FLA tiene la obligación de acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo para solicitar medidas cautelares definitivas. Aunque las partes cuentan con tres días hábiles para impugnar la decisión, las órdenes del fallo son de cumplimiento inmediato.