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No a pruebas de “farcpolítica”

El Consejo de Estado, cumpliendo funciones que le competen, anuló la sanción disciplinaria contra Piedad Córdoba por “farcpolítica”. Decisión que estaba ya prevista en la Jurisdicción para la Paz.

11 de agosto de 2016
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Infográfico
No a pruebas de “farcpolítica”

La Sala Plena del Consejo de Estado declaró nula la sanción disciplinaria que la Procuraduría General de la Nación impuso en 2010 a la entonces senadora del Partido Liberal, Piedad Córdoba Ruiz. Consideró que las pruebas que tomó en cuenta el Ministerio Público para imponer la sanción de destitución e inhabilidad para ejercer cargos públicos, no tenían validez jurídica.

Es preciso hacer un apretado resumen de los hechos: en febrero de 2008, el jefe guerrillero de las Farc, alias “Raúl Reyes”, es abatido por las Fuerzas Armadas de Colombia en territorio ecuatoriano, a pocos kilómetros de la frontera binacional.

Días después, el entonces director general de la Policía, general Óscar Naranjo, presentó el contenido de documentos y mensajes de correo electrónico extraídos del computador personal del guerrillero dado de baja. El general Naranjo habló de nexos de las Farc con el gobierno venezolano de Hugo Chávez y con el ecuatoriano de Rafael Correa. En esos mismos días, y ante los primeros cuestionamientos por el verdadero alcance y validez de esos documentos, el director de la Interpol dijo en Colombia que el contenido del computador de “Reyes” no había sido modificado de ninguna manera.

Hasta ese momento, la justicia colombiana había puesto su foco de atención en la llamada “parapolítica”, para desentrañar y sancionar los vínculos entre políticos y paramilitares. No se habían investigado nexos entre políticos y guerrilla. Los contenidos de este computador indicaban, como en su momento lo dijo el director de la Policía, que estos nexos existían y que no se limitaban a gestiones humanitarias de paz. El entonces ministro de Defensa, Juan Manuel Santos, hizo un llamado público para que la justicia fijara responsabilidades a quienes resultaran vinculados con esas pruebas.

El nombre de Piedad Córdoba salió a relucir y la justicia penal, en cabeza de la Corte Suprema de Justicia, y la Procuraduría, como titular del poder disciplinario, iniciaron investigaciones. La Corte Suprema concluyó que las pruebas obtenidas del computador de “Reyes” no tenían validez, por no haber garantizado la cadena de custodia y por no haber sido acopiadas de conformidad con los acuerdos de cooperación judicial con Ecuador.

Ahora el Consejo de Estado llega a la misma conclusión, y añade la obligación de la Procuraduría de reconocerle a la dirigente de izquierda los salarios y prestaciones dejados de percibir durante el período como senadora entre noviembre de 2010 y julio de 2014. Los cálculos arrojan una suma aproximada e inicial de 1.214 millones de pesos.

Aunque el Consejo de Estado anuló esta primera sanción, en todo caso la exsenadora ya tenía garantizado su levantamiento, pues dos puntos del acuerdo en materia de justicia transicional con las Farc (el 33 y el 42) están redactados directamente a su favor: la Jurisdicción Especial de Paz tendrá competencia para revocar sanciones de cualquier otra entidad, incluidas las disciplinarias, cuando hayan sido impuestas por conductas cometidas “con ocasión del conflicto armado”.

La decisión del Consejo de Estado parece atender razones jurídicas válidas en cuanto a la legalidad de la prueba y el debido proceso. Pero quedan también los interrogantes de si todos los condenados en Colombia han tenido el mismo nivel de garantías y si las investigaciones realizadas han tenido la misma fuerza con independencia de los sectores políticos a los que pertenecen los procesados.

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