Se anuncian nuevas reformas a la Administración de Justicia; sin embargo, es preciso reflexionar sobre, en general, el poder del derecho para la creación de una estructura social que posibilite la convivencia y el despliegue de los proyectos existenciales individuales. Debemos reparar en que el derecho no crea condiciones sociales; simplemente estabiliza, de haberla, una sociedad preexistente. Las normas jurídicas constituyen, apenas, las formas que encauzan relaciones materiales subyacentes, fundadas sobre bases culturales.
En rigor, el derecho pretende que, por la fuerza del Estado, se haga lo que en principio, y es lo deseable, debió haberse hecho por razones culturales; sociedades con muchas leyes son sociedades con bajo nivel cultural. El derecho (las reformas normativas) no podrá darnos la sociedad que, por deficiencias culturales, no hemos podido construir. Toda forma jurídica es susceptible de corromperse; el llamado “Cartel de la Toga”, la corrupción en los repartos judiciales, la inescrupulosa forma como se accede a los altos cargos de la Justicia, las persecuciones judiciales por razones políticas, la curiosa selección de los fallos de tutelas revisables por la Corte Constitucional, son algunas pruebas de ello.
El problema no está en la forma jurídica, sino en las raíces mismas de la sociedad.