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Uber quedó con batería legal recargada para rodar por el país

Fallo judicial consideró que demanda de Cotech fue interpuesta a destiempo. ¿Qué dijo la SIC?

  • Uber planteó que ante la coyuntura causada por la covid-19 busca ser un aliado para recuperar la economía y ofrecer oportunidades de ganancia para las personas. FOTO Manuel Saldarriaga
    Uber planteó que ante la coyuntura causada por la covid-19 busca ser un aliado para recuperar la economía y ofrecer oportunidades de ganancia para las personas. FOTO Manuel Saldarriaga
20 de junio de 2020
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Con el anuncio de una próxima revisión detallada del fallo para definir los próximos pasos en Colombia, Uber recibió la decisión del Tribunal Superior de Bogotá de revocar la determinación de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) que prohibió en diciembre la operación de esta plataforma en el país.

En un comunicado, la plataforma digital señaló que hará un repaso particular en lo relacionado con el modelo disponible en Colombia desde febrero de este año. “Con ese norte, reiteramos la urgencia de tener normas claras que permitan impulsar el crecimiento de estos sectores potenciados por la tecnología y así transformar a Colombia en una sociedad más incluyente, más segura y con mejores ciudades”, se lee en el texto (ver Dicen de...).

La sentencia anticipada, de 33 páginas, dada a conocer ayer por el Tribunal Superior de Bogotá, desvirtúo los señalamientos de competencia desleal que Cotech interpuso contra Uber por la prestación ilegal del servicio de transporte individual de pasajeros.

En la providencia firmada por los magistrados Manuel Zamudio, Germán Valenzuela y Fernando Yaya Peña se explicó que el demandante tardó en reaccionar para iniciar el proceso legal, pues al haber tenido conocimiento de la presencia de Uber en el mercado colombiano desde el año 2012 y presentar la demanda en abril de 2016, ya habían transcurrido unos 30 meses, que es un término superior a los dos años de prescripción que consagra el artículo 23 de la Ley 256 de 1996 para denunciar la realización del supuesto acto de competencia desleal.

Acatando el fallo

Ayer, en desarrollo del día sin IVA y mientras recorría algunos establecimientos de comercio en Bogotá, el superintendente de Industria y Comercio, Andrés Barreto, le dijo a los periodistas de diversos medios que acataba el fallo.

“Esta es un decisión entre dos partes que ha sido definida en segunda instancia por el Tribunal Superior de Bogotá. Es una sentencia que le asiste a las partes que esperamos la acaten, así como la SIC acata la revocatoria de su fallo por un tema de prescripción y no de fondo del asunto”, manifestó el funcionario.

En ese contexto, el abogado comercialista Julio José Orozco explicó que la providencia deja en mal en terreno a la Superintendencia, pues Uber queda liberada de todo lo que se había ordenado en el fallo de diciembre.

“La SIC queda mal parada, porque cuando un tribunal revisa en apelación las sentencias que dicta en funciones jurisdiccionales, le hace un control abstracto de legalidad. Y cuando la sentencia proferida se cae, quiere decir que la determinación no estaba fundada lícita y legalmente”.

También añadió que en esta coyuntura el demandante podría interponer un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia, pero estimó que esta sería una posibilidad muy remota ya que el fallo del tribunal está bien sustentado. En contraste, reconoció que Uber podría intentar una acción de resarcimiento de los perjuicios derivados de este proceso y en particular contra la actuación de la SIC.

Por su parte, Nicolás Alviar, apoderado de Cotech, también se declaró respetuoso del fallo, aunque llamó la atención sobre el hecho de que el tribunal solo tuviera en consideración que la demanda se presentara dentro de los plazos legales, sin tener en cuenta las conductas e competencia desleal del demandado, en este caso la plataforma Uber.

“Lo que sigue ahora es interponer una serie acciones, entre ellas unos recursos extraordinarios de revisión y casación ante la Corte Suprema de Justicia, así como una acción de tutela, que es lo que estamos analizando”, dijo Alviar.

Pese al fallo de diciembre de 2019, desde febrero Uber opera con un modelo que le permite al usuario arrendar un vehículo con conductor, con lo que la aplicación es un punto de contacto que conecta a las partes para que entre ellas celebren un contrato.

El empleo que busca está a un clic

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