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¿Petro desacató al Consejo de Estado con decreto de salario mínimo del 23%? Estos son los tres escenarios

Análisis jurídico advierte que el aumento de 23% incumpliría la orden del Consejo de Estado y que el Gobierno habría usado de forma indebida recomendaciones de la OIT.

  • Gustavo Petro firmó decreto transitorio que dejó el salario mínimo vital en 23%. FOTO PRESIDENCIA.
    Gustavo Petro firmó decreto transitorio que dejó el salario mínimo vital en 23%. FOTO PRESIDENCIA.
hace 3 horas
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La expedición del Decreto 0159 de 2026, que ratificó de forma transitoria el incremento del salario mínimo del 23%, desató todo un debate sobre si el Gobierno Nacional respetó o no los parámetros técnicos solicitados por el Consejo de Estado. De hecho, hay serios argumentos que concluyen un posible desacato de la orden.

El meollo del asunto es que el Consejo de Estado pidió fijar el salario aplicando “la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos (...) en la Ley 278 de 1996”, es decir, lo que históricamente se ha utilizado para subir los salarios mínimos, como inflación y productividad laboral.

No obstante, el Gobierno fijó ese 23% como resultado de dos componentes: un 13,6% que obedece a los factores fijados en la ley citada; pero también fijó un 9,4%, que argumentó como “un cierre de la brecha parcial con el salario vital”.

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En el documento se justificó que la decisión no es arbitraria, sino que responde a una “traducción operativa de mandatos constitucionales en reglas técnicas verificables” con el objetivo de garantizar condiciones de vida dignas y contribuir a la reducción de la desigualdad.

¿Petro desacató al Consejo de Estado?

Si bien la última palabra la tiene el Consejo de Estado, para algunos juristas se estaría incumpliendo en la práctica la orden impartida por el ente judicial.

Así lo sostiene Camilo Cuervo, socio de la firma Holland & Knight, quien señala que “el presidente Petro optó por desacatar materialmente la decisión del Consejo de Estado a pesar de que formalmente la acepta”.

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Según el abogado, el nuevo decreto presenta imprecisiones en su justificación, no solo por incluir el componente de salario vital, sino también por la sumatoria de las cifras que sustentan el incremento. Explica que el Gobierno mantuvo la cifra de 23,7%, pese a que el aumento real frente al salario del año anterior es de 23%. “Ellos se quedaron con el 23,7 que nunca existió porque siempre el porcentaje ha sido 23”, afirma.

Para Cuervo, la orden del alto tribunal era clara y permitía llegar a una conclusión matemática sencilla con base en los factores fijados. Por eso considera que existe un incumplimiento material que ahora deberá evaluar el magistrado competente.

¿Qué papel juega la OIT en esta controversia?

El análisis también cuestiona el uso de criterios atribuidos a la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Según Cuervo, el presidente estaría apelando a recomendaciones de este organismo que no tienen carácter vinculante en Colombia.

“En el mejor de los eventos son recomendaciones u opiniones”, señala, y recalca que la OIT no puede impartir órdenes ejecutivas a los países. Además, sostiene que, incluso si se aplicaran correctamente esos lineamientos, el salario debería ubicarse alrededor de $1.550.000, cifra distinta a la defendida por el Gobierno.

Explica que la OIT realiza sus cálculos con base en hogares de cuatro personas con dos perceptores de ingresos, mientras que el Ejecutivo habría utilizado un esquema de tres personas con un solo ingreso, lo que elevaría artificialmente el resultado.

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Estos son los tres escenarios que podría decidir el Consejo de Estado sobre el salario mínimo

Se trata de un hecho histórico en el país. La decisión que adopte el Consejo de Estado sentará un precedente relevante sobre la forma en que deben decretarse los salarios mínimos en un futuro.

Ana María Valdivieso, abogada de la firma Serrano Martínez CMA, advirtió que el país enfrenta una situación inédita, ya que nunca antes se había suspendido un decreto de salario mínimo ni se había impartido una orden precisa al Gobierno para fijar una nueva cifra.

De acuerdo con el análisis, un escenario de nulidad, es decir, en el cual se declare inválida la justificación de un salario mínimo de $2 millones, podría fundamentarse en que, aunque el Gobierno identificó e incorporó los parámetros establecidos en la Ley 278 de 1996, el incremento final habría dependido de un criterio adicional: el cierre de brecha del salario vital.

Valdivieso precisó que el componente de salario vital no está expresamente contemplado en el artículo 8 de dicha ley, lo que podría dar lugar a cuestionamientos sobre su legalidad.

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También es posible que el decreto sea avalado. En ese caso, el tribunal podría considerar que el Ejecutivo no desconoció los parámetros legales, sino que los complementó con criterios constitucionales y técnicos adicionales para materializar el mandato superior de garantizar un salario mínimo vital y móvil, dentro del margen de apreciación que le reconoce el ordenamiento jurídico.

Hay un tercer escenario presentado por Diego Acevedo, socio en Holland & Knight. Para este jurista, el Consejo de Estado podría optar por aceptar parcialmente el decreto. De esa forma reconocería la validez del procedimiento seguido, pero ordenaría un ajuste en el porcentaje de incremento, limitándolo al cálculo técnico (13,6%) o a un rango intermedio.

Bloque de preguntas y respuestas

¿El salario mínimo de $2 millones sigue vigente?
Sí, mientras el Consejo de Estado no adopte una decisión definitiva.
¿Qué es el “salario vital”?
Un concepto constitucional que busca garantizar condiciones dignas de subsistencia, pero que no está expresamente detallado en la Ley 278 de 1996.
¿La OIT puede obligar a Colombia?
No. Sus lineamientos son orientadores, no vinculantes.
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