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Reforma laboral: ¿se puede cotizar por debajo del mínimo en salud y riesgos laborales?

La ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral, abre la puerta a cotizaciones parciales en salud y riesgos laborales, incluso por ingresos inferiores al mínimo.

  • La apuesta del Gobierno por la formalización laboral es ambiciosa. Pero con un sistema de salud financieramente frágil, los analistas piden cautela. FOTO: Camilo Suárez.
    La apuesta del Gobierno por la formalización laboral es ambiciosa. Pero con un sistema de salud financieramente frágil, los analistas piden cautela. FOTO: Camilo Suárez.
31 de julio de 2025
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La reforma laboral, que corresponde a la Ley 2466 de 2025, trajo un cambio disruptivo en el sistema de seguridad social colombiano. Por primera vez, se permite que trabajadores —incluso independientes— coticen a salud y riesgos laborales con ingresos inferiores al salario mínimo. Sí, como lo lee, menos del mínimo.

Este nuevo modelo podría facilitar la formalización de cientos de miles de trabajadores informales, pero también plantea serias dudas sobre la sostenibilidad del sistema.

Lea más: Reforma laboral obliga a contratar a estas personas: lo que deben saber las empresas

Juliana Morad, directora del Departamento Laboral de la Universidad Javeriana, explica que el artículo 34 es el corazón de esta transformación: habilita aportes parciales no solo a salud, sino también a riesgos laborales, permitiendo además el acceso proporcional a prestaciones económicas como incapacidades y licencias, incluso si el ingreso reportado está por debajo del salario mínimo.

Juliana Morad, directora del Departamento Laboral de la Universidad Javeriana.
Juliana Morad, directora del Departamento Laboral de la Universidad Javeriana.

¿Qué cambia con la reforma laboral?

Antes, el sistema tenía límites estrictos. Por ejemplo, solo se aceptaban cotizaciones por debajo del mínimo en pensión, y únicamente para empleados dependientes a tiempo parcial.

En salud, quienes no alcanzaban el mínimo eran remitidos al régimen subsidiado o debían ser beneficiarios de otro cotizante. Y en riesgos laborales, siempre se exigía cotizar sobre el mínimo legal, sin excepción.

Además: Bancolombia proyecta que la nueva ley laboral subirá el desempleo por encima del 10% este año

Pero ahora, la lógica cambia. La académica Morad lo explica así: en primer lugar, se aceptan cotizaciones inferiores al salario mínimo en salud y riesgos.

Además, se autoriza el pago de prestaciones económicas en proporción al aporte reducido. Aunque aún no hay reglamentación detallada, el marco legal ya está vigente.

Riesgos financieros y dudas sobre sostenibilidad

La intención del Gobierno es clara: facilitar la inclusión laboral de trabajadores en sectores tradicionalmente informales como la hotelería, la agricultura, el transporte o el servicio doméstico.

Pero esta medida llega en un momento complejo para el sistema de salud, así lo alerta Morad, quien recalca que con EPS y clínicas enfrentando retrasos en pagos, permitir prestaciones económicas con cotizaciones ínfimas podría agravar los problemas financieros del sector.

Lea aquí: Reforma laboral: Mintrabajo desmiente que habrá visitas a casas por empleadas domésticas y sanciones masivas

Las alarmas están encendidas: ¿podrá el sistema cubrir las incapacidades y licencias si recibe menos recursos?

Por eso, expertos temen que esto termine afectando la calidad del servicio, amplíe los déficits financieros y, en el peor de los casos, lleve a exclusiones prácticas disfrazadas de cobertura legal.

Desde el pasado 13 de julio, subió el pago de los dominicales y festivos del 75% al 80%.
Desde el pasado 13 de julio, subió el pago de los dominicales y festivos del 75% al 80%.

“La idea es buena, pero sin una reglamentación clara y un control riguroso, el remedio puede salir más caro que la enfermedad”, concluye Morad.

Régimen Simple Laboral: el nuevo modelo para empleadores

Además del artículo 34, la reforma crea el Régimen Simple Laboral, un mecanismo opcional para que los empleadores simplifiquen sus obligaciones con los trabajadores formales. ¿Cómo funciona?

1. Consignación mensual de cesantías: esto permite pagar el 8,33% del salario mes a mes al fondo de cesantías del trabajador. La ley aclara que este esquema no se considera un pago parcial ni ilegal.

2. Intereses sobre cesantías: se puede abonar el 1% de interés mensual sobre el salario base. Requisito clave: debe existir un acuerdo por escrito con el trabajador.

¿Y si el salario varía durante el año? Según la norma, debe hacerse una liquidación al final del período, ajustando cualquier diferencia por horas extra, comisiones o aumentos.

Además: Vigilantes en Colombia recibirán más salario desde julio: así funciona el alza por la reforma laboral

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