Guardar la plata debajo del colchón no siempre es la manera más productiva ni segura para sus ahorros. Hay mecanismos, más allá de las tradicionales cuentas bancarias, que le permiten tener un posibilidad de retorno con ese dinero.
En medio de la gran cantidad de opciones que pueden ayudarle a que sus ahorros le generen ganancias, hay dos que se convierten en atractivas por sus condiciones de ingreso y sus niveles de rentabilidad.
De un lado están los CDTs (Certificado de Depósito a Término) y los ya conocidos Fondos de Inversión colectiva. Sepa cuáles son sus bondades, peros y cuál podría acomodarse mejor a sus necesidades.
Lo primero que debe saber es que los CDT son títulos valor emitidos por un banco o entidad financiera. El monto mínimo de apertura depende de cada entidad, pero normalmente se pueden acceder a estos modelos con inversiones cercanas al millón de pesos.
De acuerdo con el monto invertido se fijan los porcentajes de ganancias. De igual manera hay tiempos mínimos para el retiro del dinero y dependiendo de este también se establecen las ganancias. Los periodos son: 30, 60, 90, 180 y hasta 360 días.
“Aquellos que se animen a escoger la opción de CDTs deben ser aquellos que cuentan con montos de dinero más bajos de quienes se decantan por la idea de hacer inversiones en fondos de inversión colectiva. Hay que tener muy presenta además el perfil de riesgo de los inversionistas”, aseguró Raúl Ávila, profesor de economía de la Universidad Nacional (ver ¿Qué sigue?).
El experto se refiere a que si una persona está dispuesta a que su dinero sea utilizado para “movimientos de mayor riesgo”, puede optar por la segunda opción. Con los CDTs tendrá una renta fija un poco menor, pero más segura.
Tenga muy presente que los fondos de inversión colectiva, por la naturaleza de sus operaciones (activos financieros o no financieros) pueden ser catalogados de un perfil de riesgo más alto, esto básicamente porque pueden entrar a participar en mercados más volátiles.
Sin embargo, para cualquiera sea el caso, tenga en cuenta que por tratarse de operaciones realizadas por instituciones financieras, hay organismos de control correspondientes. En los dos casos, los movimientos y reportes deben hacerse ante la Superintendencia Financiera, ente de control que será el encargado de velar por el correcto uso de las inversiones y hacer efectivos las resoluciones ante los reclamos e insatisfacciones de los usuarios.