En medio del Consejo de Ministros en Cartagena, el ministro de Hacienda, Germán Ávila, confirmó que ya firmó el decreto que crea un nuevo impuesto al patrimonio para personas jurídicas, con el fin de financiar la atención de la reciente emergencia climática.
La decisión se sustenta en el marco de la emergencia económica a raíz de los daños ocasionados por el frente frío y las inundaciones registradas en el país. De acuerdo con la evaluación preliminar presentada el 11 de febrero, se contabilizaron 65 emergencias, entre ellas 53 inundaciones, cinco movimientos en masa, tres crecientes súbitas, dos vendavales, una erosión fluvial y una erosión costera, en 61 municipios de ocho departamentos.
El impacto en el sector productivo también es significativo: cerca de 20.000 hectáreas afectadas y más de 4.100 viviendas destruidas. Los territorios afectados fueron Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Chocó, Bolívar, Cesar y Magdalena. El costo estimado para la atención y recuperación asciende a 8 billones de pesos.
¿Cómo funcionará el nuevo impuesto al patrimonio empresarial?
Este nuevo impuesto para 2026 se fijará con una tarifa general del 0,5% para todas las empresas con un patrimonio líquido superior a 200.000 UVT para las empresas. El patrimonio líquido corresponde al patrimonio total menos las deudas.
En valores actuales, 200.000 UVT equivalen aproximadamente a $10.474 millones, teniendo en cuenta que la Unidad de Valor Tributario ronda los $52.370. Solo las empresas que superen ese umbral comenzarán a tributar.
Además, se estableció una tarifa diferencial de 1,6% para el sector financiero y para las actividades de extracción de carbón y petróleo.
El Gobierno tomó como antecedente el impuesto creado en 2009 tras el fenómeno de La Niña. En ese momento se estableció una tarifa del 2,4% para empresas con más de 119.370 UVT y del 4,8% para aquellas con cerca de 200.000 UVT. Posteriormente, con una sobretasa del 25%, la tarifa llegó a 6% para las compañías de mayor patrimonio, bajo lo que se conoció como impuesto a la riqueza.
¿Los bancos y los mineros pagarán el 56% de la emergencia económica?
Según la estimación presentada por el Ministerio de Hacienda, cerca del 56% del recaudo esperado provendrá de los sectores financiero y minero-energético, que estarán sujetos a la tarifa especial del 1,6%. El 44% restante corresponderá al resto de los sectores productivos, gravados con la tarifa general de 0,5%.
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El ministro subrayó que esta diferenciación responde a la intención de no afectar en mayor medida a la producción real y de distribuir el impacto fiscal de la coyuntura de forma más equilibrada.
¿Cuándo se comenzará a pagar el impuesto al patrimonio?
Con este nuevo impuesto al patrimonio empresarial, el Gobierno busca asegurar los recursos necesarios para atender la emergencia y avanzar en la recuperación de las regiones afectadas por los eventos climáticos.
El tributo se declarará y pagará en dos cuotas. El 50% deberá cancelarse el 1 de abril de 2026 y el 50% restante el 4 de mayo de 2026. Con este calendario, el Ejecutivo busca asegurar liquidez en un plazo breve para financiar la primera fase de atención de la crisis.
El jefe de la cartera tributaria indicó que este decreto constituye una etapa inicial en la consecución de recursos y anticipó que aún están pendientes otros decretos, particularmente en lo relacionado con las discusiones sobre inversiones forzosas que se mantienen con el sector financiero.
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