A dos semanas de arrancar el vencimiento del calendario tributario para personas naturales, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) todavía no ha habilitado la consulta de la información exógena, una herramienta clave para muchos contribuyentes a la hora de diligenciar su declaración de renta.
La entidad explicó que este retraso se debe a una contingencia tecnológica que sufrió en mayo, lo que obligó a ampliar los plazos para que terceros reportaran los datos necesarios.
“Debido a la contingencia tecnológica que tuvo la entidad en mayo, se amplió el plazo para que terceros reportaran dicha información a la Dian; la entidad ha venido trabajando arduamente en el procesamiento de esa información”, precisó la Dian.
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La buena noticia: la información estará disponible a partir de este miércoles 30 de julio, según confirmó la Dian.
Sin embargo, el hecho de que no haya estado disponible antes ha generado inquietudes, sobre todo teniendo en cuenta que los vencimientos del impuesto de renta para personas naturales comienzan el próximo 12 de agosto.
¿Qué es la información exógena y para qué sirve en la declaración de renta?
La información exógena es un conjunto de datos que personas naturales y jurídicas deben reportar periódicamente a la Dian.
Este reporte incluye información sobre operaciones económicas realizadas durante el año gravable anterior —en este caso, 2024— con terceros como clientes, proveedores, bancos, fondos de pensiones, EPS y administradoras de cesantías, entre otros.
Este insumo tiene tres funciones clave:
1. Facilitar el diligenciamiento de la declaración de renta, ya que le permite al contribuyente tener una visión más completa de sus ingresos, egresos y movimientos.
2. Permitir a la Dian ejercer control tributario mediante cruces de información y detección de inconsistencias.
3. Apoyar el diseño de la declaración sugerida, una herramienta que la plataforma presenta automáticamente a algunos contribuyentes como guía preliminar.
¿Qué pasó este año con la publicación de la información exógena?
La demora tiene una explicación concreta: una falla tecnológica ocurrida en mayo de este año afectó los sistemas de la Dian, lo que obligó a extender los plazos para que terceros reportaran su información.
Este atraso, a su vez, impactó la consolidación y publicación de la información exógena.
Por eso, aunque el reporte debió estar disponible desde hace semanas, la fecha oficial de publicación se fijó para el miércoles 30 de julio, dejando solo 13 días antes del inicio de los vencimientos para que los contribuyentes la consulten y completen su declaración.
¿Y ahora qué deben hacer los contribuyentes para su declaración de renta?
Aunque muchos ciudadanos esperan la información exógena como guía o punto de partida para declarar renta, la Dian aclara que esta herramienta no es obligatoria ni reemplaza los datos reales del contribuyente.
En palabras de la propia entidad: “En ningún momento reemplaza la información de su realidad económica, ni lo exonera de declarar los valores ciertos que correspondan en su declaración, los cuales son de su exclusivo conocimiento”.
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Es decir, aunque la exógena puede ayudar, la responsabilidad final recae sobre el declarante. Si tiene claridad sobre sus ingresos, deducciones, gastos y patrimonio, puede comenzar su declaración sin necesidad de esperar el reporte.
Sin embargo, para quienes prefieren apoyarse en la declaración sugerida, la publicación del 30 de julio será clave.