La temporada de declaración de renta de las personas naturales ya está en marcha. Para el año gravable 2025, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció un calendario de vencimientos que comenzó el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026.
En septiembre será el turno de los contribuyentes cuyos dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o del NIT se encuentren entre el 27 y el 66. Los vencimientos comienzan el martes 1 de septiembre y, de acuerdo con el calendario suministrado, terminan el lunes 28 de septiembre.
La declaración de renta es el documento mediante el cual las personas reportan ante la Dian sus ingresos, egresos, patrimonio y demás información fiscal correspondiente al año gravable. Con estos datos se determina si existe un impuesto por pagar y cuál es su monto.
Un punto clave es que estar obligado a presentar la declaración no significa necesariamente que el contribuyente tenga que pagar impuesto de renta. El resultado final puede disminuir por las retenciones practicadas durante el año, anticipos, saldos a favor de períodos anteriores y beneficios tributarios que cumplan los requisitos establecidos en la ley.
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Estas son las cédulas que deben declarar renta en septiembre de 2026
La fecha límite depende de los dos últimos dígitos del documento. Para septiembre, el calendario queda así:
Fecha límite - últimos dos dígitos
1 de septiembre de 2026: 27 y 28
2 de septiembre de 2026: 29 y 30
3 de septiembre de 2026: 31 y 32
4 de septiembre de 2026: 33 y 34
7 de septiembre de 2026: 35 y 36
8 de septiembre de 2026: 37 y 38
9 de septiembre de 2026: 39 y 40
10 de septiembre de 2026: 41 y 42
11 de septiembre de 2026: 43 y 44
14 de septiembre de 2026: 45 y 46
15 de septiembre de 2026: 47 y 48
16 de septiembre de 2026: 49 y 50
17 de septiembre de 2026: 51 y 52
18 de septiembre de 2026: 53 y 54
21 de septiembre de 2026: 55 y 56
22 de septiembre de 2026: 57 y 58
23 de septiembre de 2026: 59 y 60
24 de septiembre de 2026: 61 y 62
25 de septiembre de 2026: 63 y 64
28 de septiembre de 2026: 65 y 66
Por tanto, quienes tengan como últimos dos dígitos el 27 o 28 deben estar atentos al primer vencimiento de septiembre, mientras que quienes tengan 65 o 66 cuentan hasta el 28 de septiembre como fecha límite.
El calendario general de renta para personas naturales va del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026. No obstante, existen consideraciones especiales para contribuyentes ubicados en zonas afectadas directamente por el terremoto del 10 de agosto, cuyos plazos pueden tener ampliaciones.
¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2026?
Para determinar si una persona natural debe presentar declaración por el año gravable 2025 no basta con mirar cuánto ganó durante el año. La obligación puede surgir por diferentes condiciones.
De acuerdo con la información suministrada, deben declarar quienes cumplan al menos una de estas condiciones:
-Haber sido responsables del IVA al 31 de diciembre de 2025.
-Tener un patrimonio bruto igual o superior a $224.096.000 al 31 de diciembre de 2025.
-Haber obtenido ingresos brutos superiores a $69.719.000 durante 2025.
-Haber realizado consumos con tarjeta de crédito superiores a $69.719.000 durante 2025.
-Haber efectuado compras superiores a $69.719.000 durante 2025.
-Haber acumulado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a $69.719.000 durante 2025.
Estos topes son una de las primeras verificaciones que debe realizar una persona antes de concluir que no tiene que presentar la declaración.
La DIAN espera recaudar $6,1 billones durante esta temporada de vencimientos de las declaraciones de renta correspondientes al año gravable 2025.
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Las recomendaciones para evitar sanciones
Andrés Gutiérrez, asociado del área de impuestos en PHR Soluciona, explica que la primera recomendación es revisar cuanto antes si se cumplen los topes de patrimonio, ingresos, consumos, compras o consignaciones. La obligación tributaria no desaparece por no haber recibido un aviso de la DIAN.
De hecho, la administración tributaria puede exigir la presentación de una declaración que no fue presentada hasta por cinco años, además de la correspondiente sanción por no declarar.
También es fundamental revisar el calendario tributario y verificar la fecha de vencimiento correspondiente a los dos últimos dígitos de la cédula o del NIT.
En el caso de los contribuyentes ubicados en territorios directamente afectados por el terremoto del 10 de agosto, se debe tener en cuenta la eventual ampliación de los plazos. Según la información suministrada, para establecer quiénes se benefician de esa extensión se tendría en cuenta la dirección registrada previamente en el RUT.
Antes de presentar la declaración es recomendable comprobar que el Registro Único Tributario (RUT) esté actualizado.
El contribuyente debe verificar especialmente su actividad económica, dirección, datos de ubicación y responsabilidades tributarias. Cualquier inconsistencia puede generar problemas durante la presentación o posteriores requerimientos de la administración tributaria.
También debe reunir y conservar los documentos que soporten la información incluida en la declaración: patrimonio, ingresos, retenciones, deducciones y beneficios tributarios.
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